AAP Madrid 19/2004, 20 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:589
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución19/2004
Fecha de Resolución20 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MJ

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO Nº402 /2003

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº157 /2002

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL Nº15 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 19/2004

ILMAS. SRAS.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. A. MARÍA RIERA OCARIZ

MAGISTRADA DÑA. SUSANA POLO GARCÍA

En MADRID, a veinte de enero de dos mil cuatro.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Miguel Zamora Bausá, en representación de Carlos Francisco, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 15 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª A. MARÍA RIERA OCARIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 13 de octubre de 2003, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Debo condenar y condeno a Carlos Francisco como autor responsable de un delito de violencia doméstica del art. 153 del Código Penal y de cuatro faltas de amenazas del art. 620.2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de 8 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito. Y a la pena de 12 días de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas por cada una de las faltas y pago de las costas del juicio.

Abónese al acusado, para el cumplimiento de la pena que aquí se le impone, el tiempo que haya estado privado de su libertad por esta causa.

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: >El acusado Carlos Francisco, mayor de edad y sin antecedentes penales, tras separarse de su esposa, y en todo caso en fechas 27.1.01, 13.6.01, 23.6.01 y 18.7.01, se dirigió al portal del domicilio de ésta en Madrid, donde la insultó con expresiones como hija de puta y la amenazó con pincharle y matarla no constando que con relación a estos hechos se haya celebrado juicio y dictado sentencia.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 20/01/2004.

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los hechos probados y en su lugar se declaran probados los...

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