SAP Zaragoza 418/2007, 6 de Julio de 2007
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2007:1253 |
Número de Recurso | 263/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 418/2007 |
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00418/2007
SENTENCIA núm. 418/2007
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a seis de Julio de dos mil siete.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO núm. 0000642 /2007, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 0000263/2007, en los que aparece como apelada-demandante D. Jose Ignacio representado por la procuradora Dª. ISABEL JIMENEZ MILLAN y asistido por el Letrado D. JOSE-RAMON GARCIA HUICI; parte apelante-demandada Dª. Beatriz representada por el procuradora Dª. EVA MARIA OLIVEROS ESCARTIN, y asistido por la Letrada Dª. MARIA DEL CARMEN OLIVEROS ESCARTIN; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 19 de enero de 2007, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Jiménez Millán, DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dña. Beatriz a pagar a D. Jose Ignacio los gastos ordinarios de comunidad y los consumos de agua fría y caliente hasta el mes de enero de 2005 cuya cuantía exacta se determinará en ejecución de sentencia de acuerdo con las bases establecidas en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución.".
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de Beatriz se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y no siendo necesaria la celebración de vista; se señaló para deliberación, votación y fallo el día 2 de julio de 2007.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se oponen a los de la presente resolución y;
D. Jose Ignacio reclama 8.853'23 € a D. Beatriz, de quien se halla legalmente separado por sentencia de 13-2-1995, en la que se atribuyó a ésta el uso de la vivienda conyugal, propiedad privativa del primero, a fin de recuperar los pagos que hubo de afrontar en concepto de gastos comunes reclamados por la comunidad de propietarios constituida sobre el edificio que alberga la expresada vivienda.
En fundamento jurídico de su reclamación sostiene que es criterio jurisprudencial que el pago de los gastos de comunidad devengados por la vivienda en su día conyugal han de ser satisfechos por el cónyuge al que es atribuido su uso, y que los mismos se hallan incluidos en la pensión alimenticia fijada como...
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