SAP Madrid 158/2009, 5 de Mayo de 2009

PonenteJULIAN ABAD CRESPO
ECLIES:APM:2009:18439
Número de Recurso104/2009
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución158/2009
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACIÓN Nº 104/2009

JUICIO DE FALTAS Nº 943/2008

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 30 DE MADRID

SENTENCIA Nº 158/2.009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN SEXTA

En nombre del Rey

En Madrid, a 5 de mayo de 2009.

Vista en segunda instancia por el Ilmo. Sr. don Julián Abad Crespo, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, actuando como Tribunal unipersonal, la presente apelación seguida como Rollo de Apelación nº 104/2009 contra la sentencia de fecha 2 de diciembre de 2008, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 30 de Madrid en el Juicio de Faltas nº 943/2008, siendo parte apelante don Justo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción antes citado se dictó sentencia en la que se declaraban como hechos probados los siguientes: "Que sobre las 20,45 horas del dia 30 de octubre de 2.008, cuando un indicativo policial realizaba funciones de prevención de la delincuencia en la calle Roa de Madrid y mientras procedían a identificar al conductor de un vehículo que figuraba como sustraido, se produce la intervención de Justo, quien se aproxima a éste, por lo que es requerido en ese momento por los agentes para que se identifique, una vez identificados éstos con su correspondiente placa y carnet profesional, negándose a ello y manifestando "yo a ti no tengo nada que darte, hijo de puta, paso de ti, quítate del medio, cabrón". A continuación se dirige hacia el interior de un bar, donde de nuevo es requerido para que se identifique, siendo obligado a salir al exterior para su cacheo y registro, a lo que se opone, diciendo: "el registro que me estás haciendo es ilegal, os voy a denunciar a todos", tratando al mismo tiempo de incitar a las personas que se encontraban a su alrededor con frases tales como "no dejeis que estos hijos de puta hagan lo que quieran matarlos" y arremetiendo contra alguno de los agentes con puñetazos y patadas, aunque sin llegar a alcanzar a ninguno, por lo que tuvo que ser retenido y conducido a Comisaria, golpeando la mampara del vehículo policial con cabezazos y puñetazos.

Este refiere haber sido víctima de maltrato por parte de alguno de los agentes, sin que de ello exista, sin embargo, cumplida constancia, siendo compatibles las lesiones que refiere el informe forense con el comportamiento descrito."

Siendo su fallo del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Justo como responsable de una falta de desobediencia leve a los agentes de la autoridad del art. 634 del Código Penal, ya calificada, a la pena de multa de 20 dias a razón de 6 euros por dia (en total 120 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un dia por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, que deberá cumplir, en su caso, en régimen de localización permanente en su domicilio; además del pago de las costas causadas, si las hubiere."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por don Justo ; y admitido el recurso, se dio traslado de los mismos a las demás partes personadas; impugnándose por el Ministerio Fiscal; remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso.

TERCERO

En fecha 25 de marzo de 2009 tuvieron entrada en esta Sección Sexta las actuaciones del juicio de faltas, formándose el correspondiente rollo de apelación, y por providencia de fecha 1 de abril de 2009 se señaló día para la resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 4 de mayo de 2009 .

CUARTO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, incluido el apartado de hechos probados, en cuanto no se opongan a los presentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como primer motivo del recurso de apelación, se alega la vulneración del derecho constitucional a la presunción de inocencia. Debiéndose desestimar el motivo por las razones que...

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