SAP Valencia 68-03, 6 de Febrero de 2003

PonenteCARLOS ESPARZA OLCINA
Número de Resolución68-03
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valencia

Rollo nº : 914/02

Sección 10ª

SENTENCIA Nº: 68-03

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, seis de febrero de dos mil tres.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de MODIFICACION DE MEDIDAS nº 116/02, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia número dos de Sueca, entre partes, de una como demandante-apelante, J.P. , dirigido por el Letrado D./Dña. Nohemi Samper Lluch, y representado por el Procurador D./Dña.Elisa Pascual Casanova, y de otra como demandado-apelado, L.a , dirigida por el letrado D./Dña. Jose A. Porcar Magraner y representada por el Procurador D.Dña. Juan Vte. Alberola Beltran.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Esparza Olcina.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de 1ª Instancia nº 2 de Sueca, en fecha 5 de septiembre de dos mil dos, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que DEBO ESTIMAR PARCIALMENTE LA DEMANDA formulada por D. Enrique Machi Machi, Procurador de los Tribunales y de D. J.P. declarando la extinción de la pensión por alimentos a favor de D. Jose Pablo declarando al mismo tiempo la subsistencia de la pensión compensatoria que a favor de DÑA. L.a estableció la sentencia de divorcio de 6 de febrero de 1992, sin hacer especial pronunciamiento respecto de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de J.P. se interpuso recurso de apelación , y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaria donde se formó el oportuno rollo , señalándose el día 5 de febrero de dos mil tres para la deliberación , votación y fallo del recurso, sin celebración de vista , al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado ninguna diligencia de prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La representación del actor interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Sueca el día 5 de septiembre de 2.002, que estimó parcialmente la demanda de modificación de medidas formalizada por el recurrente y extinguió la pensión de alimentos debida a uno de...

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