SAP A Coruña 93/2012, 1 de Marzo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 93/2012 |
Fecha | 01 Marzo 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
A CORUÑA
SENTENCIA: 00093/2012
MUROS
ROLLO 623/11
S E N T E N C I A
Nº 93/12
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION CUARTA
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ
En A Coruña, a uno de marzo de dos mil doce.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 004, de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000143 /2007, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION
N.1 de MUROS, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000623 /2011, en los que aparece como parte demandante-apelante, DOÑA Penélope, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. MARÍA TRILLO DEL VALLE, asistido por el Letrado D. JUAN ANTONIO EXPOSITO PARADELA, y como parte demandada-apelada, DOÑA Alicia, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. JOSÉ MARTÍN GUIMARAENS MARTÍNEZ, asistido por el Letrado D. JOSE ELISARDO GARCIA LAGO, y los demandados declarados en situación procesal de rebeldía DON Bienvenido Y DOÑA Filomena sobre NULIDAD DE TESTAMENTO.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MUROS de fecha 4-1-10. Su parte dispositiva literalmente dice: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador DON JUAN ANGEL PENA ABEIJÓN en nombre y representación de DOÑA Penélope, contra DOÑA Alicia, DON Bienvenido y DOÑA Filomena ; debo declarar y declaro no haber lugar a los pedimentos contenidos en la demanda, absolviendo a los demandados de dichas pretensiones. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte actora".
Contra la referida resolución por la demandante se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que les fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución. TERCERO.- Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. CARLOS FUENTES CANDELAS.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada
Interpone recurso de apelación la demandante (Doña Penélope ) contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Muros que desestimó su demanda de nulidad del testamento de su abuelo paterno (Don Inocencio ) otorgado el 24/5/2001. En su testamento el causante, viudo, había atribuido los tercios de mejora y libre a una hija y en el remanente designado herederos a ésta y a otro hijo (Doña Alicia y Don Bienvenido ), así como a su nieta demandante y a una bisnieta (Doña Filomena ), efectuando al mismo tiempo la distribución de sus bienes entre todos ellos. La nulidad se basaba en haber atribuido el testador en el cupo de la nieta, en proindiviso con la coheredera bisnieta, bienes que no le pertenecerían: la finca " DIRECCION000 ", que solo sería en parte del causante; y una casa con sus anejos y servicios sita en el lugar de Brión de Arriba, que sería propiedad de la madre de la demandante (Doña Clara ).
La sentencia fundó su desestimación, por un lado, en haber resultado demostrado pericialmente que no habría contradicción entre la " DIRECCION000 " del testamento y la finca del contrato privado de compraventa de 9/3/1961 esgrimido por la demandante, al tratarse de dos fincas colindantes distintas aunque con el mismo nombre. En cuanto a la casa, la parte actora no habría demostrado que perteneciera a otra persona, al no ser suficiente con la documentación aportada, y más bien resultar lo contrario de las pruebas practicadas y en especial del testamento de la...
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