AAP Guipúzcoa 307/2010, 4 de Noviembre de 2010
Ponente | ANA ISABEL MORENO GALINDO |
ECLI | ES:APSS:2010:828A |
Número de Recurso | 1177/2010 |
Procedimiento | ROLLO APELACIóN AUTOS |
Número de Resolución | 307/2010 |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA
GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIA
Sección 1ª
-
Sekzioa
Calle SAN MARTIN 41,1ªPLANTA,DONOSTIA - SAN SEBASTIAN / SAN MARTIN Kalea 41,1ªPLANTA,DONOSTIA - SAN
SEBASTIAN
Tel.: 943-000711 Faxa: 943-000701
N.I.G. / IZO: 20.05.1-09/032061
RECURSO / ERREKURTSOA: Rollo apel.autos / 1177/2010
Proc. Origen / Jatorriko prozedura: Ejecutoria / Betearazpen-prozedura 77/2010
Jdo. de lo Penal nº 4 (Donostia)
Apelante/Apelatzailea: Estrella
Abogado/Abokatua: NEREA OLAZABAL BERASATEGUI
Procurador/Procuradorea: ESTIBALIZ AGOTE AIZPURUA
Apelado/Apelatua:MINISTERIO FISCAL
A U T O Nº 307/2010
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMO/A SR/A PRESIDENTE : D. IGNACIO JOSE SUBIJANA ZUNZUNEGUI
MAGISTRADA : Dª MARIA JOSE BARBARIN URQUIAGA
MAGISTRADA : Dª ANA ISABEL MORENO GALINDO
LUGAR : DONOSTIA - SAN SEBASTIAN
FECHA : cuatro de noviembre de dos mil diez
Por la representación de DOÑA Estrella se interpuso recurso contra el auto de fecha 14 de abril de 2010, dictado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Donostia-San Sebastián . Admitido el mismo, tras los trámites oportunos, se elevaron a esta Audiencia los autos, teniendo entrada en la Oficina de Registro y Reparto el día 14 de mayo de 2010, siendo turnados a la Sección 1ª y quedando registrados con el número de rollo de apelación penal 1177/10 . La fecha para la celebración de la DELIBERACION, VOTACION Y FALLO se fijó para el día 25 de octubre de 2010 a las 11,30 horas.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites y formalidades legales.
Ha sido Ponente en esta segunda instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA ISABEL MORENO GALINDO, en sustitución del designado con anterioridad Sr. Maeso Ventureira por encontrarse el mismo de baja por enfermedad.
Por la parte recurrente se interpone recurso de apelación frente a la resolución de instancia solicitando su revocación y que en su lugar se dicte otra por la cual se permita fraccionar la multa de 800 euros impuesta tal y como en su día se solicitó o, en su defecto, en doce mensualidades, y que se permita fraccionar el cumplimiento de la pena de privación del permiso de conducir tal y como también se solicitó, ello en base a los siguientes motivos:
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- En cuanto a la solicitud de pago fraccionado de la pena de multa, en su momento se solicitó el abono de 40 euros mensuales, lo cual entra dentro de los límites del art. 50.6 CP, contando la recurrente con unos gastos fijos que suponen 700 euros mensuales.
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- En cuanto a la solicitud de cumplimiento fraccionado de la pena de privación del permiso de conducir, la recurrente es comercial y por tanto necesita disponer del vehículo.
El Ministerio Fiscal se muestra conforme con la denegación del fraccionamiento de la pena de privación del derecho de conducir, y en cuanto a la pena de multa, ve factible el pago fraccionado de 70 euros mensuales.
En primer lugar debemos indicar que, tal y como ha...
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