SAP A Coruña 242/2012, 24 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución242/2012
Fecha24 Mayo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

A CORUÑA

SENTENCIA: 00242/2012

FERROL Nº 2

ROLLO 137/12

S E N T E N C I A

Nº 242/12

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION CUARTA

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGLEBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

MARÍA DEL CARMEN VILARIÑO LÓPEZ

En A Coruña, a veinticuatro de mayo de dos mil doce.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los Señores Magistrados cuyos nombres al margen se relacionan los presentes autos de modificación de medidas, sustanciados en el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Ferrol, y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes; como demandante-apelante, D. Faustino, representado en esta alzada por el Procurador D. RAFAEL RODRIGUEZ RAMOS; y, como demandada-apelada, Dña. Teresa, representada en esta alzada por el Procurador D. JOSE LADO FERNANDEZ. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dña. MARÍA DEL CARMEN VILARIÑO LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada de fecha 9 de noviembre de 2011 dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Ferrol, cuya parte dispositiva, dice como sigue:

"- FALLO: Se estima parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. Rodríguez Ramos, en representación de don Faustino, contra doña Teresa, con los siguientes pronunciamientos:

- Se declara extinguida la pensión de alimentos a favor del hijo Maximiliano y a cargo de don Faustino fijada en el convenio regulador de fecha 14/0572008 aprobado por la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 11/06/2008 en el proceso de Divorcio de Mutuo Acuerdo nº 670/2008.

- Se mantiene la pensión de alimentos del hijo Jose Carlos fijada en el convenio regulador. Las circunstancias relativas al pago y la actualización serán las fijadas en el convenio regulador del divorcio. - Se fija en 300 euros al mes la cantidad que deberá abonar don Faustino en concepto de contribución a los gastos de mantenimiento de la vivienda en la que vive la demandada y su hijo Jose Carlos . La fecha de cese del pago y las condiciones de actualización serán las fijadas en el convenio regulador del divorcio.

- No se hace pronunciamiento expreso en relación con las costas".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, contra la misma interpuso recurso de apelación la representación procesal del demandante. Dándose traslado del mismo a las demás partes personadas, y emplazándolas conforme a lo establecido en el artículo 461.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la representación procesal de la demandada presentó escrito de oposición al recurso. De conformidad al artículo 463 de la Ley Procesal se remitieron los autos a esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso, en donde, recibidos, se formó el rollo de apelación civil número 137/12, señalándose para deliberación, votación y fallo el pasado día 7 de mayo de 2012.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante formula recurso de apelación en...

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