SAP Tarragona 53/2014, 30 de Enero de 2014

PonenteJOSE MANUEL SANCHEZ SISCART
ECLIES:APT:2014:85
Número de Recurso1097/2013
ProcedimientoAPELACIóN FALTAS
Número de Resolución53/2014
Fecha de Resolución30 de Enero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de apelación nº 1097/2013

Procedimiento Juicio de Faltas nº 565/12

Juzgado de Instrucción nº 2 de Tarragona

S E N T E N C I A Nº 53/14

Tribunal.

Magistrado,

D. José Manuel Sánchez Siscart (Presidente).

En Tarragona, a treinta de enero de dos mil catorce.

Visto ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Vidal, representado por el Procurador Sr. Recuero y defendido por la Letrado Sra. Gracia Ramos, contra la Sentencia de fecha 9-7-13 dictada por el Juzgado de Instrucción núm. 2 de Tarragona en el Juicio de Faltas nº 565/12 seguido por una falta de lesiones por imprudencia en el que figura como acusado Adrian y siendo parte el Ministerio Fiscal y Plácido, Adrian y Segurcaixa S.A. de Seguros y Reaseguros.

Ha sido ponente el Magistrado D. José Manuel Sánchez Siscart.

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

"Sobre las 21,19 h del día 31 de julio de 2012, D. Vidal conducía el vehículo de su propiedad, Mercedes Benz, matrícula ....GGG, circulaba por la carretera TV 3148 sentido Vila-Seca cuando a la altura del punto kilométrico 1,9 el vehículo Renualt Gran Space, matrícula .... TBJ, conducido por D. Adrian, propiedad de D. Plácido, asegurado en SEGUR CAIXA, invadió el carril por el que circulaba el primero en sentido contrario, produciéndose una colisión frontal entre ambos vehículos.

Como consecuencia de la colisión el Sr. Vidal sufrió fractura bifocal del cúbito izquierdo, fractura diafisiaria de radio izquierdo, fractura bifocal diafisiaria de fémur izquierdo y fracturas de apófisis transversales lumbares de L1, L2, L3, L4, las cuales ha requerido para su sanidad tratamiento médico y quirúrgico, tardando en curar 244, de los cuales 214 han sido impeditivos y 30 de hospitalización, quedando las secuelas de material de osteosíntesis en radio y fémur izquierdo, valorada en 8 puntos, anquilosis de muñeca izquierda en posición funcional, valorada en 10 puntos, lumbalgia postraumática, valorada en 5 puntos, dismetría inferior a 3 cm, valorada en 3 puntos, y perjuicio estético, valorado en 6 puntos.

Asimismo, se produjeron importantes daños materiales en los vehículos, siendo el vehículo de la víctima valorado como siniestro total".

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"CONDENAR a DON Adrian como autor penalmente responsable de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones a la pena de multa de un mes a razón de 3 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, y a que indemnice a D. Vidal la cantidad de cincuenta y tres mil ciento cincuenta y siete euros con ochenta y nueve céntimos (53.157,89 euros), con los intereses del artículo 576 de la LEC ; todo ello con pago de las costas del...

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