SAP Segovia 127/2001, 30 de Junio de 2001

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Junio 2001
Número de resolución127/2001

SENTENCIA N º 127 / 2001

C I V I L

ROLLO APELACION

Número 447 de 2000

JUICIO DE MENOR CUANTIA

Número 420 de 1999

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA

de SEGOVIA Nº 4

En la ciudad de SEGOVIA, a treinta de junio de dos mil uno.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. don Andrés Palomo del Arco, Presidente, don Luis Brualla Santos Funcia y doña María José Villalaín Ruiz, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de Dª Esther , mayor de edad, vecino de Segovia, C/. PASEO000 , nº NUM000 , bloque DIRECCION000 , NUM001 ; y Dª Flor , mayor de edad, vecina de Segovia, con domicilio en Plaza del DIRECCION001 , nº NUM002 , NUM003 ; contra la mercantil CLAUDIO MORENO Y CIA S.A. , con domicilio social en Segovia, C/ Navacerrada, nº 1; sobre reconocimiento del derecho de separación del art. 147 de la L.S.A , en virtud de recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como partes apelantes ambos litigantes, las demandantes-1s.apelantes, representadas por la Procuradora Sra. Aprell Lasagabaster , y defendida por el Letrado don Félix Madrid Sanz y como 2ºs.apelante, la demandada, representada por el Procurador Sr. Martín Orejana , y defendida por el Letrado Sr. Martín Pérez ; y en la que ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. don Luis Brualla Santos Funcia.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el juzgado de 1ª Instancia de los de Segovia, nº 4; con fecha dieciocho de octubre de dos mil, se dictó sentencia cuya parte dispositiva establece el siguiente : FALLO: " Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Aprell Lasagabaster en nombre y representación de dª Esther y dª Flor contra la sociedad mercantil "Claudio Moreno y Cía, S.A.": a ) debo declarar y declaro el derecho que asiste a las actoras a separarse de la sociedad "Claudio Moreno y Cía, S.A.", por sustitución de objeto social, condenando a la sociedad demandada a estar y pasar por este pronunciamiento, con todos los efectos legales y económicos inherentes al mismo; b) debo condenar ycondeno expresamente a la sociedad a la publicación del acuerdo de sustitución del objeto social adoptado en la Junta General de Accionistas de 30 de enero de 1.999 en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, al objeto de posibilitar el ejercicio del derecho de separación a los accionistas que se hubieran opuesto al acuerdo de la citada Junta General; c) debo ordenar y ordeno la cancelación de todas las inscripciones registrales relativas al precitado acuerdo de sustitución del objeto social en tanto no se acredite el reembolso de sus acciones a los accionistas que hubieran ejercitado el derecho de separación, a cuyo efecto se librará el correspondiente mandamiento al Registro Mercantil de Segovia; d) debo condenar y condeno a la sociedad demandada a reembolsar a las actoras el valor real al día 14 de abril de 1.999 de las acciones de las que son titulares éstas, a determinar en fase de ejecución de sentencia en la forma que previene el art. 147.2 la Ley de Sociedades Anónimas (por acuerdo de la sociedad y los interesados y, a falta de éste, conforme a lo que señale el auditor de cuentas de la sociedad, y, en su defecto, el auditor designado por el Sr. Registrador Mercantil de Segovia); y e) debo absolver y absuelvo a la sociedad demandada de los restantes pedimentos contenidos en la demanda; todo ello sin hacer expreso pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia."

Segundo

Notificada la anterior resolución, fue interpuesto recurso de apelación contra la misma por la representación de ambas partes litigantes, recurso que fue admitido en dos efectos, acordando remitir las actuaciones a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes.

Tercero

Recibidos los autos y comparecidas las partes en tiempo y forma, se instruyeron las mimas sucesivamente con entrega y devolución de las actuaciones e instruído el Magistrado Ponente, se señaló fecha para la celebración de la vista, en cuyo acto los letrados de los litigantes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones, quedando el procedimiento concluso para resolver.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. Contra la sentencia dictada en estas actuaciones se ha interpuesto recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora en la instancia, Flor y Esther , que pretende su revocación parcial, y que se dicte otra en esta alzada por la que se establezca el progreso íntegro de las pretensiones recogidas en la demanda rectora de la litis, con imposición de las costas causadas en la primera instancia; y ello por entender que la sentencia de instancia incurre en error de hecho en relación con la falta de apreciación de la mala fe en el Consejo de Administración, y de derecho en relación tanto con la valoración de la prueba practicada al no acordarse la indemnización solicitada por daños y perjuicios, como con la determinación del procedimiento a seguir para la valoración de las acciones.

    Igualmente contra la meritada sentencia se ha interpuesto recurso de apelación por la representación de la entidad demandada, "Claudio Moreno y Cía. S.A", solicitando la revocación de la resolución recurrida y la absolución de todas las pretensiones deducidas contra ella en la demanda rectora de la litis; por razón de error de derecho en la aplicación de lo dispuesto en el art. 147 de la Ley de Sociedades Anónimas y preceptos concordantes.

  2. El análisis de los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada en la instancia debe principiarse por el formulado por la parte demandada "Claudio Moreno y Cía. S.A", por cuanto que su progreso, en su caso, supone y conlleva la desestimación, como ineludible corolario, de las pretensiones contenidas en el recurso formulado por la otra parte apelante, la actora.

    Esta Sala que acoge, en lo general, el extenso, riguroso y fundado estudio que hace la resolución recurrida acerca de los hechos y de las cuestiones litigiosas planteadas en la litis, de la que trae causa este recurso de apelación;...

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