SAP Valencia 248/2006, 26 de Abril de 2006

PonentePILAR CERDAN VILLALBA
ECLIES:APV:2006:1238
Número de Recurso123/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución248/2006
Fecha de Resolución26 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000123/2006

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 248

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO

Magistrados/as

Dª PILAR CERDAN VILLALBA

D. JOSE FRANCISCO BENEYTO GARCIA ROBLEDO

En la Ciudad de Valencia, a veintiseis de abril de dos mil seis.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000038/2005 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE ALZIRA entre partes; de una como demandada/s - apelante/s Simón, incomparecida en la alzada; y de otra como , demandante/s - apelado/s INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL dirigido por el/la letrado/a D/Dª. ERNESTO PEREZ BROSETA y representado por el/la Procurador/a D/Dª CRISTINA LITAGO LLEDO.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. PILAR CERDAN VILLALBA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE ALZIRA , con fecha ocho de noviembre de dos mil cinco se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, representado por la Procuradora Dª María José García Gascó, asistido del Letrado D. Ernesto Pérez Broseta, contra Dª Simón, representada por la Procuradora Dª Amparo Chelvi Peña, y asistida por la Letrado Dª Anna Oliver i Borras, sobre reclamación de cantidad, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada a que abone a la parte actora la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (2.896, 88), y la cuantía que resulte de aplicar a cada una de las cuotas de principal impagadas desde el 5 de diciembre de 1.990 el 13% anual pactado como interés moratorio, hasta su efectivo pago por la deudora; todo ello sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día veinticinco de abril de dos mil seis para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se formula por la parte demandada en base que , la sentencia que estimó en parte la demanda de juicio ordinario en reclamación de 9.841, 56 euros al entender prescritos los intereses remuneratorios , infringe la doctrina del retraso desleal y del abuso de derecho aplicable al caso por el largo tiempo transcurrido entre la concesión por la actora del préstamo objeto de aquélla y su actual reclamación .

La demandante se opuso al recurso por los propios Fundamentos de la sentencia relativos a la inexistencia de mora y de actitud pasiva en el ejercicio de su derecho por su parte al haber reclamado el préstamo en el plazo quincenal que la Ley le otorga y, además venir realizando diversas gestiones extrajudiciales al efecto que excluyen toda confianza legítima del deudor sobre que ese ejercicio no mediaría .

SEGUNDO

Esta Sala acepta en un todo la Fundamentación Jurídica de la sentencia de instancia a la que sólo cabe añadir, previo revisión y valoración de las pruebas a la luz de las normas y doctrina aplicables y, en relación con los motivos del recurso, las siguientes consideraciones:

1)Se ha probado documentalmente y no se discute en esta apelación, que la presente reclamación deviene de un contrato de...

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