SAP Baleares 35/2014, 17 de Febrero de 2014
Ponente | CARLOS ALBERTO IZQUIERDO TELLEZ |
ECLI | ES:APIB:2014:443 |
Número de Recurso | 131/2013 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 35/2014 |
Fecha de Resolución | 17 de Febrero de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA
Sección 1
Rollo : 131/13
Órgano Procedencia: JUZGADO DE LO PENAL Nº 6 DE PALMA DE MALLORCA
Proc. Origen: J.R. Nº 499/12
SENTENCIA núm. 35/14
ILMOS SRES MAGISTRADOS
Dª FRANCISCA MARIA RAMIS ROSSELLÓ
D. JUAN PEDRO YLLANES SUÁREZ
D. CARLOS IZQUIERDO TÉLLEZ
En PALMA DE MALLORCA, a 17 de Febrero de dos mil catorce.
La AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA, Sección Primera, compuesta por la Ilma. Sra. Presidenta Dª FRANCISCA MARIA RAMIS ROSSELLÓ y los Ilmos. Sres. Magistrados D. JUAN PEDRO YLLANES SUÁREZ Y D. CARLOS IZQUIERDO TÉLLEZ, ha entendido en la causa registrada como Rollo nº 131/13, en trámite de APELACIÓN contra Sentencia, seguida ante el Juzgado de lo Penal nº 6 de Palma de Mallorca, en base a los siguientes:
La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:
Que mediante Auto de 10 de Septiembre de 2012, dictado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de los Inca, en las D. Previas nº 2601/12 seguidas por presunto delito de violencia en el ámbito familiar, entre otros pronunciamientos, se acordó la orden de prohibición a Adrian de acercarse a Victoria a una distancia inferior a 100 m, así como de comunicarse con ella por cualquier medio. Dicha orden, fue debidamente notificada al aquí acusado Adrian .
Que en fecha 4 de noviembre (domingo), tras haber ejercitado el acusado el régimen de visitas establecido respecto de los 5 hijos habidos de su unión con Dª Victoria alrededor de las 20,00 horas, Dª Consuelo (su actual pareja), en unión de Dª Lourdes (hermana materna del aquí acusado), procedieron a bordo de un vehículo a reintegrar a los menores en el domicilio materno, sito en CALLE000 nº NUM000 NUM001 de Muro. Mientras tanto, el acusado aguardaba en la plaza de correos de aquella localidad, distante del domicilio expresado un número de metros sin acreditar, formando entre ambos puntos una suerte de ángulo recto.
Dª Victoria, salió a recoger a sus hijos, suscitándose entre ésta y Dª Lourdes una agria polémica verbal derivada de las cantidades debidas por el acusado en concepto de prestación alimenticia, manifestando Dª Victoria que, si no pagaba, tendría que denunciarle, en tanto que Dª Lourdes le decía que iba a pagarle en el plazo de dos semanas, y que si volvía a denunciar a su hermano le arrancaría la cabeza, todo ello enmarcado con cruce de insultos mutuos, gritos y chillidos (que no son aquí objeto de enjuiciamiento).
Sea porque el acusado se hubiera desplazado hasta la esquina o punto que confirmaría el susodicho ángulo recto, y por ello le alertara el incidente verbal suscitado, sea porque se hallare ya en la CALLE000
, en cualquier caso se acercó hasta donde se encontraba Dª Victoria, y le dijo "dentro de dos semanas te daré la pensión de octubre, pero no pienses que me vas a sacar mas", marchándose seguidamente con su hermana y su novias."
Dicha sentencia contiene el siguiente fallo: "Debo CONDENAR Y CONDE NO a Adrian
, en concepto de autor de un delito de quebrantamiento de medida cautelar precedentemente definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 6 meses de prisión, a la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, y al pago de las costas procesales."
Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Adrian, fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado por plazo legal a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión; verificándolo el Ministerio Fiscal, que se opuso al mismo e interesó la confirmación de la resolución apelada, elevándose seguidamente las actuaciones, luego de cumplirse los anteriores trámites, a la Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a esta Sección Primera, donde quedó formado el Rollo correspondiente, fijándose para deliberación y votación el 17.02.14.
Es ponente el magistrado CARLOS IZQUIERDO TÉLLEZ, quien expresa en la presente el parecer del...
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