SAP Barcelona 463/2006, 26 de Mayo de 2006

PonenteJOSE CARLOS GONZALEZ ZORRILLA
ECLIES:APB:2006:6517
Número de Recurso128/2006
ProcedimientoAPELACIóN PENAL
Número de Resolución463/2006
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN QUINTA

ROLLO número: 128/2006

PROCEDIMIENTO ABREVIADO número: 488/2005

JUZGADO DE LO PENAL número 5 de Barcelona

SENTENCIA número:

Iltmos. Srs.:

Dª Elena Guindulain Oliveras

D. Augusto Morales Limia

D. Carlos González Zorrilla

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de mayo del año dos mil seis.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación el procedimiento arriba referenciado procedente del Juzgado de lo Penal reseñado, por delito de hurto, los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador/a Sr./Sra. Moreno Rueda en nombre y representación de Gabriel contra la sentencia dictada en los mismos el día 1 de marzo de 2006 por el Iltmo/

  1. Sr/Sra. Magistrado/a de dicho juzgado. Es parte apelada el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Don Carlos González Zorrilla, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

Segundo

Los hechos declarados probados en la sentencia de instancia son como sigue:

Gabriel, con DNI n° NUM000 y n° de identificación policial NUM001, mayor de edad y de quien no constan sus antecedentes penales, el día 20/03/2004 se encontraba en el domicilio de Carlos Alberto, sito en la CALLE000 n° NUM002 de Barcelona, al que había acudido invitado por su propietario. Aprovechando tal circunstancia el acusado hizo suyo, en un descuido del propietario, un ordenador portátil marca Toshiba, modelo Satélite pericialmente tasado en la cantidad de 1200 euros, marchándose a continuación

Tercero

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Gabriel, con DNI n° NUM000 y n° de identificación policial NUM001, como autor responsable de un delito de hurto del articulo 234 del Código Penal, precedentemente definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de doce meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales causadas en esta instancia. Es por eso que, con carácter general, es imprescindible expresar en la sentencia las razones de la individualización de la pena, con mayor o menor extensión en función de las características del caso concreto y especialmente, del grado de discrecionalidad atribuida al Tribunal por la Ley, con o sin el establecimiento de criterios orientadores.

En este sentido el art. 66.1 CP . en la actualidad art. 66.6, permite a los Tribunales cuando no concurren circunstancias atenuantes ni agravantes o cuando concurran unas y otras, recorra toda la extensión de la pena prevista para el delito concreto de que se trate, debiendo fijar su extensión...

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