SAP Valladolid 119/2015, 13 de Abril de 2015
Ponente | ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA |
ECLI | ES:APVA:2015:357 |
Número de Recurso | 263/2015 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 119/2015 |
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
SENTENCIA: 00119/2015
C/ ANGUSTIAS Nº 21
Teléfono: 983 413275-76
213100
N.I.G.: 47186 43 2 2013 0030759
APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000263 /2015
Delito/falta: V.DOMÉSTICA Y DE GÉNERO.LESIONES/MALTRATO FAMILIAR
Denunciante/querellante: Juan María
Procurador/a: D/Dª JOSUE GUTIERREZ DE LA FUENTE
Abogado/a: D/Dª CARMEN HEDROSA ESTRADA
Contra: Teodora, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª MARIA DE LOS ANGELES BAEYENS LAZARO,
Abogado/a: D/Dª ANA Mª NIETO IGLESIAS,
SENTENCIA Nº 119/15
ILMOS. SR. MAGISTRADOS:
D. ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA
DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
D. JAVIER DE BLAS GARCIA
En VALLADOLID, a trece de abril de dos mil quince.
La Audiencia Provincial de esta capital ha visto, en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal, dimanante del Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid, por delito de quebrantamiento de medida y faltas de injurias, seguido contra Juan María, defendido por la Letrada Doña Carmen Hedrosa Estrada y representado por el Procurador Don Josué Gutiérrez de la Fuente, siendo partes, como apelante, el citado acusado, y como apelados, el Ministerio Fiscal, y Doña Teodora, defendida por la Letrada Doña Ana María Nieto Iglesias y representada por la Procuradora Doña Mª Angeles Baeyens Lázaro; actuando como Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. DON ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA.
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Valladolid con fecha 30.01.15 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos: "Se declara expresamente probado que el acusado, Juan María durante los meses de Junio y Julio de 2013 y haciendo caso omiso de las prohibiciones de comunicación que regían sobre él, impuestas por auto de fecha 14/6/13 se dedicó a poner en el "estado de washapp" expresiones dirigidas a Teodora con el siguiente contenido: "Retiran la custodia a una madre de Valladolid por no dejar que el padre vea a su hija, uyuyuy cuidadín chata" "mete ropa decente sinverguenza, que van como pordioseros, pena de asuntos sociales". "Eres mujer Vip very important puta" "no vas a conseguir lo que te propones. Guapa vas a estar una semana sufriendo" "donde las dan las toman y la vergueza es un plato oque se toma frio ... voy a por ti hasta hundirte.HDLGp".
El 17 de junio el acusado, tras llamar al teléfono móvil de su hijo para fecilitarle su cumpleaños y no poderse comunicar con él, llamó al domicilio de los padres de Teodora, y se comunicó con la madre de esta.
El 20 de julio se produjo en una calle de Valladolid un encuentro casual entre Teodora y el acusado, quien cuando se había acercado la hija de ambos a Teodora, se acercó a esta cuando estaba con la menor sin llegar a comunicarse con ella".
La expresada sentencia, en su parte dispositiva, dice así:
"Que debo absolver y absuelvo a Juan María de dos faltas de vejaciones de las que había sido acusado decretándose de oficio 2/5 partes de las costas procesales.
Que debo condenar y condeno a Juan María como autor criminalmente responsable de una delito de quebrantamiento del Art. 468.2 del C.P . a la pena de 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo en concurso con dos faltas de injurias del art 620.2 del
C.P . a la pena, por cada una de ellas de 6 días de localización permanente, así como al abono de las 3/5 partes de las costas causadas en este procedimiento, incluidas las de la acusación particular".
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal de Juan María, recurso que fue admitido en ambos efectos y practicadas las diligencias oportunas y previo emplazamiento de las partes, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal y no...
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SAP Santa Cruz de Tenerife 155/2021, 26 de Abril de 2021
...únicamente para ese destinatario que en realidad es aquél al que se dirige. Así, y tal y como se razona en la SAP de Valladolid, Sección 4ª, 119/2015, de 13 de abril, "La información que se coloca en el "estado de WhatsApp" por parte de un usuario de la citada aplicación, es una información......