SAP Sevilla 18/2016, 28 de Enero de 2016

PonenteROSARIO MARCOS MARTIN
ECLIES:APSE:2016:99
Número de Recurso3316/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución18/2016
Fecha de Resolución28 de Enero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº24 DE SEVILLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 3316/2015

JUICIO ORDINARIO Nº 1755/2013

S E N T E N C I A Nº 18/16

PRESIDENTE ILMO SR :

D. MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

MAGISTRADO ILMOS SRS :

Dª ROSARIO MARCOS MARTIN

Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ

En la Ciudad de SEVILLA a veintiocho de enero de dos mil dieciséis.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2014 recaída en los autos Juicio Ordinario número 1755/2013 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº24 DE SEVILLA promovidos por CC.PP. EDIFICIO000 DE SEVILLA representado por el Procurador D . JUAN JOSE BARRIOS SANCHEZ, contra D . Iván, no personado en esta instancia, y DÑA. Florencia representada por la Procuradora DÑA . ANA MARÍA ENTRALA ADAME, pendientes en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de DÑA. Florencia, siendo Ponente del recurso la Magistrada Iltma. Sra. Dña. ROSARIO MARCOS MARTIN.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº24 DE SEVILLA cuyo fallo es como sigue: "Que estimando la demanda interpuesta por la CCPP EDIFICIO000 contra Iván y Florencia condeno a los demandados a la retirada de la máquina de aire acondicionado colocada en la fachada del patio interior. Las costas procesales se imponen a la parte demandada.

Que desestimando la demanda reconvencional interpuesta por Iván y Florencia contra la CCPP EDIFICIO000 declaro que no ha lugar a los pedimentos de la parte actora reconvencional, sin hacer pronunciamiento de las costas procesales respecto de la reconvención.".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de DÑA . Florencia que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la representación procesal de CC.PP EDIFICIO000 DE SEVILLA, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso.

TERCERO

Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S
PRIMERO

En la demanda que da comienzo a los autos de los que deriva este rollo se solicitaba por la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 de Sevilla, que se condenara a los demandados -Dª Florencia y D. Iván -, propietarios del NUM000 del Bloque NUM001, a dar cumplimiento al acuerdo adoptado en la Junta de Propietarios de 15 de Mayo de 2.013 en relación a la desinstalación y retirada del aparato de aire acondicionado que habían colocado en el patio interior comunitario, con expresa condena en costas.

Los demandados se opusieron a tal pretensión esgrimiendo la excepción de falta de poder del Presidente de la Comunidad y argumentando que la instalación del aparato de aire no causaba perjuicio o perturbación a la Comunidad y que el acuerdo de 15 de Mayo de 2.013, cuyo cumplimiento se pretendía, era nulo. Por otra parte, formularon demanda reconvencional solicitando que se condenara a la Comunidad a la colocación de los aparatos de aire existentes en la azotea del Bloque NUM001 en una plataforma especial para evitar ruidos y vibraciones.

La actora se opuso a la reconvención.

Convocadas las partes a la Audiencia Previa, los demandados pusieron de manifiesto que habían retirado el aparato de aire, dando cumplimiento a lo interesado en la demanda, solicitando se pusiera fin al procedimiento por satisfacción extraprocesal sin condena en costas. La Letrada que asistió a la Audiencia Previa por la parte actora manifestó que venía por su compañero y que no tenía instrucciones para aquietarse a la terminación del...

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