SAP Asturias 466/2007, 27 de Diciembre de 2007

PonenteGUILLERMO SACRISTAN REPRESA
ECLIES:APO:2007:3275
Número de Recurso368/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución466/2007
Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00466/2007

SENTENCIA NÚMERO 466/07

ROLLO: RECURSO DE APELACION 368 /2007

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Ignacio Álvarez Sánchez

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Javier Antón Guijarro

En Oviedo a, veintisiete de diciembre de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 118 /2007, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de LENA, Rollo 368 /2007, entre partes, como Apelante Dª. Teresa representado por el Procurador de los Tribunales D. EDUARDO PORTILLA HIERRO, y bajo la dirección letrada de D. EDUARDO SARACHO GONZALEZ, y como Apelados D. Casimiro y CAJA DE SEGUROS REUNIDOS S.A. ( CASER ) ambos representados por el Procurador de los Tribunales D. ANTONIO ALVAREZ ARIAS DE VELASCO, y bajo la dirección letrada de D.JAIME LEIVA MORENO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Pola de Lena dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 11 de julio de 2007 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Fernández Vázquez en nombre y representación de Doña Teresa, contra Don Casimiro y Caja Seguros Reunidos S.A., representados por la Procuradora Sra. Martínez Fernández, debo condenar y condeno a los demandados a abonar conjunta y solidariamente a la actora la suma de dos mil seiscientos noventa y un euros (2.691 € ), más los intereses legales correspondientes desde la reclamación judicial, y respecto de la Compañía Aseguradora, los especificados en el Fundamento Jurídico Cuarto de la presente resolución. Todo ellos sin hacer especial imposición respecto de las costas causadas.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, por la parte apelada se formuló escrito de oposición, en los términos que recoge el suplico del escrito obrante en autos, y se dio traslado a la parte apelante, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 19 de diciembre de 2007, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Guillermo Sacristán Represa.

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