SAP Albacete 222/1999, 9 de Octubre de 1999

PonenteFRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA
Número de Recurso114/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución222/1999
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Albacete

SENTENCIA Nº 222/99 EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ALBACETE, a nueve de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandante, los autos de juicio de Menor Cuantía, sobre reclamación de cantidad, seguidos en el Juzgado Mixto nº 5 de Albacete, a instancias de Jesus Miguel y Bruno , representado en esta alzada por el Procurador D/ÑA. LUIS MARTINEZ QUINTANA, y dirigido por el Letrado D/ÑA. JUAN DE DIOS SANCHEZ-CAÑAMARES ESCUDERO, contra CLUB SOCIAL Y POLIDEPORTIVO LOS LLANOS DE POZO-MAJANO, representado por el Procurador D/ÑA. LORENZO GOMEZ

MONTEAGUDO, y dirigido por el Letrado D/ÑA. MARIANO OLIVA ALCANTUD. ACEPTANDO los antecedentes de la, sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Sin entrar a conocer el fondo del pleito, estimo la excepción dilatoria de prescripción, alegada por "Club Social y Polideportivo Los Llanos de Pozo Majano", representada por el Procurador Sr. Gómez Monteagudo, y en consecuencia, declaro prescrita la acción de reclamación de honorarios,ejercida por lo Arquitectos, don Jesus Miguel y Don Bruno , representados por el Procurador Sr. Martinez Quintana, con expresa imposición de costas a dicha parte demandante.". ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La relacionada Sentencia de 12 de marzo de 1.999, se recurrió en apelación por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día señalado, con asistencia de las partes personadas, cuyos Letrados hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones .

SEGUNDO

Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias, se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia por el Juzgado, por las razones que el mismo expresa.

VISTO siendo Ponente para este trámite, el Iltmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO CAÑAMARES PABOLAZA.

Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución impugnada, y

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las partes recurrentes interesan en el acto de la vista se acojan sus peticiones y se condene a la demandada a satisfacerle el importe de sus honorarios consistentes en distintos proyectos y,...

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