SAP Pontevedra 112/2008, 20 de Febrero de 2008

PonenteMARIA BEGOÑA RODRIGUEZ GONZALEZ
ECLIES:APPO:2008:569
Número de Recurso69/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución112/2008
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.112

En Pontevedra a veinte de febrero de dos mil ocho

Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los autos de juicio verbal nº 387/07, procedentes del Jdo. de 1ª Instancia núm. 1 de Cambados, a los que ha correspondido el Rollo núm. 69/08, en los que aparece como parte apelante-demandante: ALVEGAL S.L., no personado en esta alzada, y como parte apelado-demandado: MAPFRE SEGUROS, representado por el Procurador D. PEDRO SANJUÁN FERNÁNDEZ, y asistido por el Letrado D. JOSÉ CUIÑA RODRÍGUEZ; y Dª Montserrat (en rebeldía), y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª BEGOÑA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Cambados., se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

Que ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA formulada por el Procurador Sr. Martínez Melón en nombre y representación de Alvegal S.L., DEBO CONDENAR Y CONDENO a Dña. Montserrat y a la entidad Mapfre Seguros, ésta última representada por la Procuradora Sra. Otero Abella, a que indemnicen conjunta y solidariamente al actor en la cantidad de 221,33 euros, con los intereses legales que en caso de la Compañía aseguradora serán los del artículo 2 de la Ley de Contrato de Seguro .

Sin especial pronunciamiento sobre COSTAS

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por ALVEGAL S.L. se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala y se señaló el día veinte de febrero para la deliberación de este recurso.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En virtud del precedente Recurso por la apelante, Alvegal S.A., se pretende la revocación de la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 Cambados en los autos de Juicio Verbal nº 387/07 que desestimó su pretensión de indemnización por paralización de vehículo subsiguiente a daños en tráfico donde ninguna intervención culpable tuvo en ello. Afirma que se han producido unas pérdidas concretas y determinadas porque tenía suscrito un contrato de arrendamiento con D. Ángel que le obliga a entregarle un vehículo de sustitución y por causa del siniestro hubo de sustituirlo con dos. Ha cuantificado el daño atendiendo al precio del contrato por los días que el vehículo permaneció en el taller hasta que fue declarado siniestro total, que es el beneficio que se obtenía con ese vehículo en base a un contrato cierto y en vigor, dejando de lado especulaciones de ganancia.

A esta pretensión de opone Mapfre S.A. aduciendo que el recurso está conformado por una serie de alegaciones subjetivas, más o menos interesadas, que no sirven para desvirtuar las conclusiones a las que llegó el juzgador de instancia pues no quedó probado que la demandante hubiese sufrido el más mínimo perjuicio en concepto de paralización. No sufrió perjuicio alguno porque el vehículo que adquirió no fue sólo para cubrir un contrato concreto, sino para suplir el vehículo siniestrado y mantener su flota de 60 vehículos en las condiciones en que estaba antes, dicho gasto de adquisición le fue debidamente indemnizado. El testigo arrendatario, de hecho declaró que le sustituyeron el vehículo siniestrado por otro. No ha probado que hasta que adquirió el nuevo vehículo en sustitución del antiguo hubiera tenido que negar el servicio a ningún cliente.

SEGUNDO

Se ciñe la presente reclamación únicamente a los 49 días de paralización que estuvo el vehículo de la actora a raíz del siniestro en el que había de responder la compañía demandada, mientras se hacía las comprobaciones y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Castellón 221/2010, 20 de Diciembre de 2010
    • España
    • 20 Diciembre 2010
    ...julio, 6 noviembre y 11 diciembre 2007 y 28 enero 2008; Sección 5ª, de 6 noviembre 2007; SSAP Pontevedra, Sección 1ª, de 21 junio 2007 y 20 febrero 2008 ; SSAP Orense, Sección 1ª, de 28 septiembre 2006 y 31 marzo 2008 ; SAP Lugo, Sección 1ª, de 22 enero 2007 ; SSAP Barcelona, Sección 4ª, de......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR