SAP Ciudad Real 44/2007, 20 de Febrero de 2007

PonenteCARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
ECLIES:APCR:2007:76
Número de Recurso412/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución44/2007
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00044/2007

APELACION CIVIL

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

CIUDAD-REAL.

RECURSO DE APELACION (LECN) 412/2006-J.

Autos: Desahucio 305/2.006.

Juzgado: Tomelloso-3.

Iltmo/s. Sr/es.

Presidente: CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.

Magistrado/s:

IGNACIO ESCRIBANO COBO.

FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA.

MONICA CESPEDES CANO.

S E N T E N C I A nº: 44/2.007.

En CIUDAD REAL, a veinte de Febrero de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 2 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de DESAHUCIO 305/2006, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de TOMELLOSO, a los que ha correspondido el Rollo 412/2006, en los que aparece como parte apelante Carlos Antonio, representado por el Procurador MIGUEL ANGEL POVEDA BAEZA, y asistido por la Letrado PILAR ZARCO DAZA, y como apelada "ANTONIO HUERTAS 25 HOSTELERIA, S.L.", representada por el Procurador VICENTE UTRERO CABANILLAS, y asistida por la Letrado MARÍA-JOSÉ CORTÉS CANO-LOMAS, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de TOMELLOSO, por el mismo se dictó sentencia con fecha 4 de Julio de 2.006, cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Que desestimando la demanda formulada por D. Carlos Antonio, representado por el Procurador Sr. Bello González, contra la mercantil Antonio Huertas 25 de Hosteleria, S.L. representada por Procurador Sra. Cuesta, debo absolver y absuelvo a la referida demandadas de la acción ejercitada frente a la misma con expresa condena en costas a la actora".

Notificada dicha resolución a las partes, por Carlos Antonio se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA VEINTE DE FEBRERO DE 2.007.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

PRIMER O: Ante la sentencia dictada en la primera instancia, por la representación de D. Carlos Antonio, se interpone recurso de apelación, discrepando de la sentencia de instancia en dos extremos, el primero considerar que el contrato objeto del presente procedimiento es el fechado el 1-5-01, y el segundo, el considerar la existencia de la tacita reconducción. Con base en dichos motivos se solicita la revocación de la sentencia y la estimación de la demanda.

Por la representación de la mercantil Antonio Huertas 25 Hostelería S. L, se formuló oposición a dicho recurso, solicitando su desestimación y la confirmación de la sentencia.

SEGUND O: El primer motivo del presente recurso viene referido a la...

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