SAP Jaén 66/2007, 20 de Marzo de 2007

PonenteRAFAEL MORALES ORTEGA
ECLIES:APJ:2007:180
Número de Recurso77/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución66/2007
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

S E N T E N C I A Núm. 66

Iltmos. Sres.:

Presidenta

Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

Magistrados

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

D. RAFAEL MORALES ORTEGA

En la ciudad de Jaén, a Veinte de Marzo de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal seguidos en primera instancia con el núm. 358/06, por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Andújar, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 77/2007, a instancia de D. Alejandro, representados en la instancia por el Procurador Sr. Figueras Resino y defendido por el Letrado Sr. Sánchez Ariza contra D. Juan Carlos Y CIA DE SEGUROS ALLIANZ, representado en la instancia por el Procurador Sr. López Nieto y defendido por el Letrado Sr. Caño Orero.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Andújar con fecha 28 de Noviembre de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Estimo la demanda formulada por D. Alejandro frente a D. Juan Carlos y ALLIANZ y, en consecuencia, ACUERDO:

  1. - Condenar a la demandada y a ALLIANZ al pago, solidariamente, de la cantidad de 1.234'96 €.

  2. - Esta cantidad devengará para la aseguradora y desde la fecha del accidente, el interés del art. 20 LCS ; para Juan Carlos el interés será el legal desde la fecha de la demanda e incrementado en dos puntos desde la de esta resolución".

  3. - Imponer a la demandada el abono de las costas causadas en la instancia".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se tuvo por preparado primero y se interpuso después por D. Juan Carlos, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito de oposición por D. Alejandro ; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas a esta Sección 2ª, en la que se formó el rollo correspondiente, señalándose para la deliberación, votación y fallo el día 19 de Marzo de 2007, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. RAFAEL MORALES ORTEGA.

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Estimada en la instancia la acción personal de reclamación de cantidad que por importe de 1.234,96 euros ejercitó el actor, en base a la responsabilidad extracontractual ex art. 1.902 Cc del demandado, por los daños materiales causados por éste a su vehículo al colisionar con el suyo por alcance cuando realizaba una maniobra de marcha atrás para salir del estacionamiento en el que se encontraba, se alza dicho demandado y esgrimiendo la existencia de error en la valoración de la prueba, vuelve a reiterar la tesis mantenida en la instancia de inexistencia de prueba alguna de la que se derive la ocurrencia del accidente en base al cual se reclamaba.

SEGUNDO

Centrado así el objeto del debate podemos adelantar el rechazo de la apelación interpuesta, pues lo que en realidad trata la parte recurrente, es de imponer su lógicamente parcial e interesada valoración de la prueba, frente a la más objetiva y crítica de la juzgadora de instancia, sin que ello sea admisible, a la luz de la reiterada la jurisprudencia (SSTS de 21-9-91, 18-4-92, 15-11-97 y 26-5-04, entre otras muchas) que atribuye a...

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