SAP Málaga 532/2007, 11 de Octubre de 2007

PonenteANTONIO ALCALA NAVARRO
ECLIES:APMA:2007:2381
Número de Recurso632/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución532/2007
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº CATORCE DE MÁLAGA.

JUICIO DE DESAHUCIO Nº 635 DE 2.006.

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 632 DE 2.007.

S E N T E N C I A Nº 5 3 2 / 0 7.

Ilmos. Sres.

Presidente

D. Antonio Alcalá Navarro.

Magistrados

D. José Javier Díez Núñez

Dª Inmaculada Suárez Bárcena Florencio.

En la ciudad de Málaga, a once de octubre de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio verbal de desahucio nº 635 de 2.006 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Catorce de Málaga, sobre precario, seguidos a instancia de Don Arturo, representado en el recurso por el Procurador Don Esteban Vives Gutiérrez y defendido por el Letrado Don Fernando González Martín, contra Don Manuel y contra Doña Antonia, representados en el recurso por los Procuradores Don Francisco Gutiérrez Marqués y Don José Mª Valdés Morillo y defendidos por los Letrados Don Ignacio Marqués Falgueras y Don Antonio Pleguezuelos Cobo, respectivamente, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandada Sra. Antonia contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia nº Catorce de Málaga dictó sentencia de fecha quince de mayo de dos mil siete en el juicio verbal de desahucio por precario nº 635 de 2.006 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- Que estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Vives Gutiérrez en nombre y representación de Arturo contra Manuel y Antonia debo condenar y condeno a éstos a que desalojen la vivienda objeto de autos -finca número NUM000, vivienda situada en la décima planta, de la Torre NUM001 de la Urbanización ` DIRECCION000 ´, situada en la calle DIRECCION001 nº NUM002, inscrito en el Registro de la Propiedad nº 8 de Málaga, al tomo NUM003, libro NUM004, folio NUM005, finca número NUM006 - dejándola libre y expedita a disposición del actor apercibiéndolos de lanzamiento. Con expresa condena en costas para la parte demandada Sra. Antonia." (sic)

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la demandada Sra. Antonia, el cual fue admitido a trámite y su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala, que tuvo lugar el día diez de octubre de 2.007, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Alcalá Navarro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte recurrente la revocación de la sentencia apelada y el dictado de otra que desestime la acción de desahucio, y, tras hacer una enumeración de los hechos acaecidos, alega infracción de la jurisprudencia relativa a la cuestión compleja en el procedimiento de...

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