SAP Barcelona 227/2008, 1 de Abril de 2008

PonenteANA MARIA HORTENSIA GARCIA ESQUIUS
ECLIES:APB:2008:3630
Número de Recurso983/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución227/2008
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN DECIMOCTAVA

ROLLO Nº 983/07

GUARDA Y CUSTODIA NÚM. 1469/06

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 6 SABADELL

S E N T E N C I A Nº 227/08

Ilmos. Sres.

Dª ANA Mª GARCIA ESQUIUS

Dª MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE

En la ciudad de Barcelona, a uno de abril de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de

Guarda y Custodia, número 1469/06 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Sabadell, a instancia de

María Luisa, contra Elisa ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud

del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 6 de junio de 2007, por

el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo en part la demanda de la procuradora Neus Cano López presentada en nom de María Luisa contra Elisa que va ser representada pel procurador Alvar Cots Duran i en consequencia estableixo, en defecta de mutua entesa entre María Luisa i Elisa, un regim de visites a favor de l'avia materna María Luisa i respectede la menor consistent en: A) Tots els dilluns no festius, des de la sortida de l'escola on podrà recollir a la menor, fins les 20 hores, en que haurà de retornar-la al domicili matern. B) L'ultim dissabte de cada mes, des de les 10'00 hores fins les 20'00 hores, per la qualcosa haurà de recollir a la menor i tornar-la al domicili matern. C) Durant les vacances de Nadal el dia de Nit Bona des de les 20'00 hores fins el dia de Nadal a les 11'00 hores, pernoctant en el domicili de l'avia materna. Durant tres hores el dia de Reis, que s'establiran de comú acord. D) les celebracions familiars en que la familia materna es reuneici, es a dir, aniversaria i sants, establint-se que pugui romandre durant tres hores amb la familia materna el dia del sant i de l'aniversari de l'avia si es celebra. Tot aixo sense fer una expressa imposició de les costes causades en aquest procediment".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 26 de marzo de 2008.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ANA Mª GARCIA ESQUIUS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandante formula recurso de apelación contra la sentencia que reconociendo el derecho de la abuela a disfrutar de la compañía de su nieta, establece un régimen de visitas de dificil cumplimiento, calificándolo la apelante de inadecuado ya que reside en Huelva y no puede desplazarse a Sabadell cada semna para estar unas horas con la niña. Es por ello que solicita una formula consistente en un fin de semana cada dos o tres meses, más un periodo prolongado de al menos quince dias en las vacaciones de verano, cuatgro dias en Semana Santa y siete días en Navidad. A esta solicitud de opone la parte demandada, quien a su vez impugna la sentencia.

La sentencia que constituye objeto del presente recurso de apelación está suficientemente motivada y toma en cuenta los antecedentes de los que hay debida constancia, para estimar procedente fijar a favor de la abuela un régimen de visitas con la niña, a quien cuidó de forma desinteresada durante su primera infancia, llevando a cabo así una función de maternazgo de...

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