SAP Almería 131/2003, 19 de Mayo de 2003

PonenteMANUEL ESPINOSA LABELLA
ECLIES:APAL:2003:743
Número de Recurso148/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución131/2003
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 131

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ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D.JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO

MAGISTRADOS

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

D. ALVARO NÚÑEZ IGLESIAS

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En la Ciudad de Almería, a diecinueve de Mayo de dos mil tres.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, rollo número 148/03 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº Dos de Huercal Overa de Menor Cuantía seguidos con el número 88/00 sobre declaración de naturaleza ganancial de determinados bienes y posterior liquidación entre partes, de una como demandante apelante Dª. Raquel dirigido por el Letrado D. Rafael Lozano Teruel y, de otra como demandado apelante D. Carlos Daniel dirigido por el Letrado D. Agustín García Rodríguez y como a demandado apelado D. Jesús , dirigido por el Letrado D. Ricardo Casanueva Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº dos de Huercal Overa en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 10 de Enero de 2003 cuyo Fallo dispone: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Martínez Mellado en representación de Dña. Raquel , contra D. Carlos Daniel y D. Jesús , representados, respectivamente por los Procuradores Sres. Enciso Cháscales y Vázquez Guzmán, declaro el carácter ganancial de la vivienda sita en PLAZA000 , nº NUM000 , de la localidad de Garrucha (finca registral nº NUM001 ), así como de las trescientas acciones de la entidad "Almendras Alarcón, S.A." suscritas por D. Carlos Daniel y Dña. Raquel , imponiendo a la actora las costas causadas a D. Jesús , abonando en cuanto al resto cada parte las causadas a su instancia".

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte actora apelante y demandada apelante d. Carlos Daniel se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, acordándose tenerlo por preparado y concediéndosele el plazo de 20 días para interponerlo, lo que realizaron solicitando el primero la revocación de la sentencia recurrida y se dicte otra por la que se anule el pronunciamientocondenatorio en costas, con expresa condena en costas a la adversa, solicitando el segundo que se establezca que las acciones de la entidad Almendras Alarcón S.A. son propiedad de D. Carlos Daniel y subsidiariamente establezca la existencia de una deuda de la citada sociedad de gananciales para con el demandado, equivalente al valor actualizado al momento de la liquidación de dicha sociedad de los bienes aportados por el mismo al comento de la constitución de Almendras Alarcón S.A. que han sido declarados privativos; concediendo 10 días a las partes contrarias para que se opusieran a dichos recurso e impugnaran la sentencia en lo que le resultare desfavorable evacuándose el traslado por todas las partes, oponiéndose a los recursos, y D. Jesús solicitando la confirmación de la sentencia impugnada con expresa condena en costas a la parte apelante; elevados los autos a esta Audiencia y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para votación y fallo que tuvo lugar el día 14 de Mayo de 2003 declarándose el recurso visto y concluso para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

Y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL ESPINOSA LABELLA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituyen los motivos del recurso en este proceso sobre declaración ganancial de bienes, por una parte la declaración de ganancial de las acciones de la sociedad en la que son accionistas los anteriormente cónyuges, y el reconocimiento de ciertas deudas de la sociedad de gananciales con el recurrente...

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