SAP Barcelona, 28 de Febrero de 2002

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2002:2517
Número de Recurso130/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D/Dª. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ

D/Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

D/Dª. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de Febrero de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección once de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía n°- 421/98, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 4 de Gavá, a instancia de D/Dª. Sergio representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. ALBERT GRASA FABREGA y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. JOAN CAPELLA ARRUFI, contra D/Dª. Enrique , representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. IVO RANERA CAHÍS, y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. JOSE LUIS LEON CRISTOBAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 5 de noviembre de 1999, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO totalmente la demanda formulada por Sra. Pérez García, en nombre y representación de

D. Sergio , debo ABSOLVER Y ABSUELVO a D. Enrique de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, y ello, con expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte demandante.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas ambas partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 7 de Febrero de 2002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovió la actora las presentes actuaciones en reclamación del pago de su legítima en la herencia del padre, fallecido en agosto de 1996, habiendo otorgado testamento abierto ante notario en abril del mismo año, frente al legitimario heredero. Desestimada la demanda se alzó contra la sentencia de instancia la parte actora.

SEGUNDO

Previo a la resolución del recurso es preciso sentar que en base al principio dispositivo de las partes sobre el objeto del proceso, la posición del Tribunal de apelación frente a los litigantes ha de ser la misma que ocupó el inferior en el momento de decidir, sin que esté facultado para separarse de los términos en que se planteó el debate, pero sólo puede conocer de los extremos a que la apelación se contraiga, pues los que no fuesen objeto de ella quedaron firmes al haberlos consentido las partes...

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