SAP Baleares 455/2000, 30 de Junio de 2000
Ponente | JUANA MARIA GELABERT FERRAGUT |
ECLI | ES:APIB:2000:2140 |
Número de Recurso | 587/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 455/2000 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 4ª |
SENTENCIA N° 455/00
En PALMA DE MALLORCA, a treinta de Junio de dos mil .
VISTOS en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial los autos de juicio declarativo de menor cuantía 176/97, procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° 3 de Ibiza , a los que ha correspondido el rollo 587/99, en los que aparece como parte demandante-apelante adherida Dª Sonia , representada por el Procurador Sr. NICOLAU RULLAN, y como demandada-apelante D. Carlos Antonio , representado por la Procuradora Sra. GILI CRESPO, asistidas las partes personadas de sus respectivos Letrados. Es parte el Ministerio Fiscal.
ES PONENTE la Ilma. Sra. Magistrada Dª. JUANA MARIA GELABERT FERRAGUT.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia antedicho en el encabezamiento de la presente, se dictó sentencia el 25 de Mayo de 1999 cuyo Fallo literalmente dice: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dª. Vicenta Jiménez Ruiz en nombre y representación de Sonia contra D. Carlos Antonio representado por la Procuradora Dª. Josefa Roig Domínguez y en la que es parte el Ministerio Fiscal, y como parte adherida D. Narciso y Dª. Amanda representados por la Procuradora Dª. Josefa Roig Domínguez debo acordar y acuerdo las medidas relatadas en los Fundamentos de Derecho 3° y 4° de la presente resolución, sin expresa condena en costas a ninguna de las partes".
Contra la anterior resolución se interpuso por la representación de la parte demandada recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y, seguido éste por sus trámites, se celebró vista el 5 de Junio de 2000 a la que asistieron las partes que constan en la diligencia levantada al efecto y que figura unida al rollo.
El presente correspondio a esta Sección Cuarta en virtud de reparto efectuado por la oficina correspondiente.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
En la demanda base del procedimiento del que dimana el presente Rollo, formulada por doña Sonia contra don Carlos Antonio , dicha actora pretende que se adopten determinadas medidas por lo que se refiere al hijo común de los litigantes, nacido de la unión de hecho que mantuvieron los mismos desde el verano del año 1993 hasta el año 1995, señalando, en la mencionada demanda, que el demandado se halla privado de libertad en la prisión de Gamioulx (Bélgica), por lo que solicita que se adopten las siguientes medidas:
1)Que la guarda y custodia del menor Alfonso se otorgue a la madre, siendo la patria potestad compartida con el padre. 2) Que quede limitado y suspendido el derecho de visitas a favor del padre, en tanto no se modifiquen las circunstancias personales del mismo, y siempre que ello redunde en beneficio del hijo. 3)Que, en concepto de pensión alimenticia a favor del menor, el padre abone mensualmente la cantidad de 30.000 ptas.
El demandado contestó la referida demanda oponiéndose, en parte, a la misma, ya que solicitó que, mientras se mantuviera su situación de privación de libertad, se le permitiera comunicarse con su hijo menor por vía telefónica y postal y, teniendo en cuenta la corta edad del menor, que dicha comunicación pudiera hacerla a través de los abuelos paternos, estableciéndose a favor de éstos un régimen de visitas para garantizar que el menor tendrá noticias y conocimiento del padre y a la inversa.
Los padres del referido demandado se personaron a los autos, debidamente representados por procurador y dirigidos por letrado, ejercitando la acción de intervención adhesiva en el procedimiento, coadyuvando a la posición del demandado.
La sentencia recaída en el primer grado jurisdiccional estimó parcialmente la demanda formulada por la procuradora doña Vicenta Jiménez Ruiz, en nombre y representación de doña Sonia , contra D. Carlos Antonio , representado por la procuradora Dª. Josefa Roig Domínguez, y en la que es...
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