SAP Madrid 482/2005, 22 de Noviembre de 2005

PonenteDAVID SUAREZ LEOZ
ECLIES:APM:2005:12402
Número de Recurso370/2005
Número de Resolución482/2005
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

DAVID SUAREZ LEOZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

APELACION NUMERO/AÑO: 370/05

PROCEDIMIENTO : JUICIO DE FALTAS

NUMERO/AÑO : 985/04

JUZGADO DE INSTRUCCION

LOCALIDAD/NUMERO : MADRID Nº 10

MAGISTRADOIlustrísimo Señor

D. David Suárez Leoz

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de

referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 482/05

En la Villa de Madrid, a veintidós de noviembre de dos mil cinco.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, el Ilustrísimo Señor Magistrado don David Suárez Leoz, ha visto el recurso de apelación interpuesto por doña Ángeles, contra la sentencia dictada, con fecha veintiuno de abril de dos mil cinco, en juicio de faltas número 985/04, del Juzgado de Instrucción nº 10 de los de Madrid. Intervino como parte, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha veintiuno de abril de dos mil cinco, se dictó sentencia en juicio de faltas número 985/04, del Juzgado de Instrucción nº 10 de los de Madrid.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

Queda probado y así se declara que el día 14-06-2004, sobre las 12 horas, Ángeles se encontraba en el interior del establecimiento DIA sito en la C/ Lomas de Horcajo de Madrid y tras apoderarse de un paquete de lonchas de queso lo guardó en su bolso, traspasando la línea de caja sin hacer efectivo su importe.

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Ángeles, como autora responsable de una falta de HURTO en grado de tentativa, a la pena de 1 mes de multa a razón de 3 Euros/día ( en total 90 Euros) con 15 días de responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago y al abono de las costas. "

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por doña Ángeles.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.

Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega en su recurso la denunciada que concurre en su conducta una eximente de estado de necesidad, y en concreto de hurto famélico.

De lo actuado se desprende que la ahora recurrente resulta condenada por la sustracción de unas lonchas de queso, como autora de una falta...

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