SAP Barcelona 477/2007, 3 de Octubre de 2007

PonenteJORDI SEGUI PUNTAS
ECLIES:APB:2007:11610
Número de Recurso26/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución477/2007
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº 26/07-B

JUICIO ORDINARIO NÚM. 669/05 (+ 740/05 del Juzgado 11 BCN)

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 57 DE BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 477/2007

Ilmos. Sres.

D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS

D. JORDI SEGUÍ PUNTAS

Dª INMACULADA ZAPATA CAMACHO

En la ciudad de Barcelona, a tres de octubre de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 669/05 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 57 de Barcelona, a instancia de Carlos Antonio, C.P. C/ DIRECCION000, NUM000 - NUM001 DE BARCELONA, Camila, Alfonso y Cosme, contra CDAD. PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM002 BARCELONA ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 2 de octubre de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando integramente las demandas formuladas por la procuradora Dª Mª DEL ARMEN FUENTES MILLAN en nombre y representación de D. Carlos Antonio y por el Procurador D. ANGEL JOANIQUET TAMBURINI en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 - NUM001 y de D. Cosme, D. Alfonso y Dª Camila, DEBO CONDENAR Y CONDENO A LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL INMUEBLE Nº NUM002 DE LA CALLE DIRECCION000, de esta ciudad: 1º " A realizar las obras necesarias para hacer cesar las filtraciones de agua producidas en los respectivos departamentos de los actores, así como en los elementos comunitarios de la Comunidad de Propieitarioss de la calle DIRECCION000 nº NUM001. El contenido de dichas obras deberá determinarse en ejecución de sentencia.

  1. A indemnizar los daños causados de la siguiente forma:

- A Dª Camila en la suma de 2.824'60 euros.

- A D. Cosme en la suma de 3.032'01 euros.

- A D. Alfonso en la suma de 4.227'04 euros.

- A D. Carlos Antonio en la suma de 1.248'40 euros.

A dichas cantidades deberán adicionarse los interesess legales devengados desde la interpelación judicial, imponiéndose las costas a la demandada ".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 12 de septiembre de 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JORDI SEGUÍ PUNTAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Las pretensiones acumuladas en el presente litigio persiguen la reparación del daño patrimonial sufrido por diversos departamentos privativos y zonas comunes del edificio sito en la calle DIRECCION000 NUM000 - NUM001 de esta ciudad, cuyo origen atribuyen los demandantes a filtraciones debidas al defectuoso estado de conservación de la cubierta del inmueble colindante, que ocupa el número NUM002 de esa calle.

La comunidad de propietarios demandada se opuso a la reclamación dineraria de los actores, habiendo recaído finalmente sentencia de primer grado que estima las dos demandas acumuladas en su integridad tras motivada valoración de la prueba practicada.

La parte demandada discrepa de ese pronunciamiento de condena.

SEGUNDO

Considera la comunidad apelante que la sentencia del Juzgado incurre en una errónea valoración de la prueba, en la medida en que la actividad probatoria llevada a cabo...

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