SAP Granada 169/2000, 29 de Febrero de 2000

Número de Resolución169/2000
Fecha de Resolución29 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Granada

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. Juan Carlos Terrón Montero

Magistrados:

D. Antonio Gallo Erena

D. Fernando Tapia López

En la Ciudad de Granada a veintinueve de Febrero de dos mil.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres al margen relacionados, ha visto en grado de apelación los precedentes autos, de juicio de menor cuantía, seguidos, en virtud de demanda de Dª. J.J.L.R. y Dª. M.D.F., representados, en esta alzada, por la Procuradora Dª. Ana Espigares Huete y defendidos por el Letrado Do. Javier Bustos Redondo, contra Dª. M.E.R., representada, en esta alzada, por la Procuradora D Pilar Salas Ortega y defendida por el Letrado Dª. Francisco Orellana Ortega.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

La referida sentencia, fechada en veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, contiene el siguiente Fallo: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales D. Rafael González Alvarez en nombre y representación de D. J.J.L.R. y de Dña. M.D.R.F., dirigidos por el Letrado D. Javier Busto Redondo; contra Dña. M.E.R., representada en autos por el Procurador de los Tribunales D. Gabriel García Ruano, y dirigida por la Letrada Dña. Inmaculada Vinuesa Sánchez, debo de condenar y condeno a la demandada a tener que elevar a publico el contrato privado de compraventa suscrito con los actores en fecha 11-10-91 y que consta en los documentos 1-A y 1-B de la demanda, si bien en ejecución de sentencia deberá tenerseen cuenta que con posterioridad a la demanda, concretamente con fecha 1-6-98 ya se otorgo la escritura pública de compraventa. Asimismo se condena a la demandada al pago de las costas procesales causadas."

SEGUNDO

Substanciado y seguido el presente recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada. El Letrado de la parte apelante solicito la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra que recoja sus peticiones del suplico del escrito de contestación ala demanda. Por el Letrado de la parte apelada se solicito la confirmación de la sentencia, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Han sido observada las prescripciones legales de trámite.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Juan Carlos Terrón Montero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alegada por la parte demandada la excepción de litisconsorcio pasivo necesario, debe recordarse a la parte que como tiene reiteradamente puesto de manifiesto nuestra jurisprudencia, de laque se hace un acertado resumen, la sentencia de la Audiencia de Valladolid de 17 de marzo de 1993, que, al ejercitarse en el proceso una acción personal derivada de un contrato de compraventa, en la que lo único que se pretende es la elevación a documento público del contrato privado en que se conviene dicha compraventa, la sentencia que recaiga en el proceso entablado a tal efecto sólo puede afectar directamente a los que fueron parte en el contrato de...

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