SAP Lugo 84/2002, 20 de Febrero de 2002
Ponente | JOSE ANTONIO VARELA AGRELO |
ECLI | ES:APLU:2002:190 |
Número de Recurso | 56/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 84/2002 |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚMERO 84
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D. MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ
D. JOSÉ ANTONIO VÁRELA AGRELO
Lugo, veinte de febrero de dos mil dos.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.°
56/2002, dimanante del Juicio de Menor Cuantía n.° 73/98 seguido en el Juzgado de Primera
Instancia de A Fonsagrada sobre declaración de nulidad y otros extremos: siendo apelante el
demandado D. Gregorio representado por el procurador Sra. Escuredo Rodríguez y
asistido del letrado Sr. Alvarez Carballido y apelados las demandantes D.ª María Angeles . D. Benedicto y D.ª Clara . representadas por el procurador Sra. Sierra Villaverde y asistidas del
letrado Sr. Mondelo Santos y los demandados D.ª Gloria . D.ª Marisol . D. Susana . D. Ángel Jesús .
D. Esteban , D. Everardo y D. Juan Enrique . D. Sebastián , D.ª Carla , D.ª Leticia y D.ª Rocío y personas desconocidas e
inciertas interesadas en las herencias de los cónyuges D.ª Amanda y su esposo D. Pablo , Dª Isabel y su esposo D. Gerardo . D. " Marí Jose y su esposo D. Esteban y Don Ángel Jesús y D.ª Magdalena declarados en rebeldía procesal y el Ministerio Fiscal: actuando como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO VÁRELA AGRELO.
Con fecha cinco de junio de dos mil uno el Juzgado de Primera Instancia de A Fonsagrada dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Soledad Sierra Villaverde en representación de María Angeles . Benedicto . Clara contra Gregorio representado per la procuradora Sra. Escuredo Rodriguez y contra Gloria y Marisol .Susana . Ángel Jesús . Everardo , Sebastián y Juan Enrique . Carla , Leticia y Rocío cualquier persona desconocida e incierta que por cualquier causa se considere interesada en las herencias de los cónyuges doña Amanda y su esposo don Pablo , doña Isabel y su esposo don Gerardo , doña Marí Jose y su esposo don Esteban y don Ángel Jesús y doña Magdalena en rebeldía procesal y el Ministerio Fiscal: debo declarar y declaro que las actoras son herederas de su bisabuela Marí Jose de su abuelo Clemente y de su padre Ramón al igual que Dña Rocío respecto a las mismos antecesores y su padre Ángel Jesús que los bienes que figuran en el cuaderno particional del juicio universal de testamentaría 23/86 son propiedad asimismo de Clemente , ostentando las actoras y demás participes derechos sobre los expresados bienes declarando nulos las resoluciones a que el juicio universal referido y demanda incidental de las operaciones particionales con imposición de costas al demandado personado.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandado D. Gregorio , teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Primera.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites leales.
Se aceptan en lo sustancial los de la sentencia apelada.
Consiste la acción ejercitada en la pretensión de nulidad de una partición judicial hereditaria practicada con la deliberada omisión de un heredero.
La sentencia acoge la pretensión y contra dicha decisión se alza,...
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