SAP Madrid 593/2007, 27 de Noviembre de 2007

PonenteRAMON BELO GONZALEZ
ECLIES:APM:2007:17545
Número de Recurso185/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución593/2007
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00593/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 21

1280A

Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42

-

N.I.G. 28000 1 7015887/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 185/2006

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 275/2005

Órgano Procedencia: JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 1 de COSLADA

Ponente: ILMO. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

CM

De: Filomena

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Contra: Millán, Luisa

Procurador: MARIA CONCEPCION VILLAESCUSA SANZ, MARIA CONCEPCION VILLAESCUSA SANZ

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

Dª. ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil siete. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de

Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal número 275/2005, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante doña Filomena, y de otra, como apelados-demandados doña Luisa y don Millán.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el ILMO. Sr. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Coslada, en fecha 5 de diciembre de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representante de doña Filomena, debo condenar y condeno a don Millán y a doña Luisa a entregar solidariamente a la primera la cantidad de 608,94 euros más su interés legal desde el 11.1.2005, en reparación de los daños causados, sin expresa imposición de costas".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, después de preparado, se interpuso recurso de apelación, por la parte demandante, mediante escrito del que se dio traslado a la otra parte, que presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, ante la que no se practicado prueba alguna.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 26 de junio de 2007, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 26 de noviembre de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por los mismos razonamientos jurídicos que se tuvieron en cuenta para dictar la sentencia apelada, que no han sido desvirtuados por la parte recurrente y que ahora se dan por reproducidos, procede su confirmación.

SEGUNDO

En la demanda se ejercita la acción indemnizatoria derivada de la responsabilidad civil extracon-tractual por culpa del artículo 1.902 del Código Civil.

La demandante es la dueña del bajo letra "B" de la casa número NUM000 de la calle DIRECCION000 de la urbanización DIRECCION001 de Mejorada del Campo. Mientras que los demandados son los propietarios del bajo letra "C". Siendo...

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