AAP Madrid 487/2003, 12 de Noviembre de 2003

ECLIES:APM:2003:12422
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución487/2003
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

CG

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 310 /2003

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 224 /2003

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 19 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 487/03

ILMAS. SRAS.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. SUSANA POLO GARCIA

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

En MADRID, a doce de Noviembre de dos mil tres.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Miguel Zamora Bausa, en representación de Oscar , contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 19 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª SUSANA POLO GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 24/07/03, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Que debo CONDENAR Y CONDENO al acusado Oscar , como autor responsable de un delito de contra la seguridad del tráfico, del artículo 379 del Código Penal, a la pena de (3) tres meses de multa con una cuota diaria de (6) seis euros y privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores por (1) un año y (1) un día y como autor de un delito de desobediencia del art. 380 del Código Penal a la pena de (6) seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Se le impone el pago de las costas..<

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: >Probado y así se declara que sobre las 3,25 horas del día 11-11-02 el acusado Oscar , mayor de edad y sin antecedentes penales cuando conducía el vehículo WI-.... por el Paseo de la Habana de Madrid, debido a la previa ingestión de bebidas alcohólicas que limitaban sus facultades de conducción colisionó contra el vehículo G-....-AD allí estacionado. Personada una dotación de la policía municipal y al solicitarle la documentación, observaron en en acusado síntomas de embriaguez como olor a alcohol en el aliento, se tambaleabam, estaba pálido y con los ojos rojos, por lo que le requirieron para la práctica de las pruebas de alcoholemia a lo que se negó el acusado. Trasladado a las dependencia policiales se personó un secretario de la Embajada rusa que habló con el acusado y le tradujo las consecuencias de su negativa, a pesar de lo cual se mantuvo en ella. >.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 12/11/03.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada, a los que se deben añadir los siguientes: "El acusado en el momento de los hechos pertenecía al personal administrativo y técnico de la Embajada de la Federación de Rusia en España y gozaba de inmunidad de...

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