SAP Barcelona, 8 de Febrero de 2002

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2002:1457
Número de Recurso598/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D/Dª. JOSE FRANCISCO VALLS GOMBAU

D/Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN

D/Dª.AMELIA MATEO MARCO

En la ciudad de Barcelona, a ocho de Febrero de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía n° 616/97, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 23 de Barcelona, a instancia de D/Dª. María Antonieta representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Mª TERESA AZNAREZ DOMINGO y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. FRANCESC PADULLES, contra TESORERIA GRAL. DE LA S. SOCIAL, representado/a y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. PRUDENCIA FERRER GARRIDO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de marzo de 2001, por el Sr./a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo íntegramente la demanda de tercería de dominio planteada por Dª María Antonieta contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Barcelona y contra la mercantil Placodefus S.L., con expresa condena en costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas ambas partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 5 de Febrero de 2002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo./a. Sr./a. Magistrado/a D/Dª. AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Apela la tercerista la sentencia en que se desestima la tercería de dominio interpuesta sobre determinada maquinaria alegando que se ha producido error en la apreciación de la prueba practicada, y no se ha entrado a valorar las relaciones económicas entre las partes, centrándose sólo en las familiares, que no son suficientes para negarle la condición de tercera, pues no está vinculada de una manera jurídica con la deuda, ni existe...

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