SAP Las Palmas, 9 de Marzo de 2000

PonenteJuan José Cobo Plana
ECLIES:APGC:2000:533
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

4

A.P. Las Palmas (S. 4ª); rollo 729/99

AUDIENCIA PROVINCIAL.

SECCION CUARTA.

LAS PALMAS.

Rollo nº 729/99.

Asunto: Juicio de Menor Cuantía nº 343/98.

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia n º 5 de Arrecife.

Fecha de la sentencia: 20 de mayo de 1999.

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Ilmos. Sres:

PRESIDENTE: Don José Antonio Martín y Martín.

MAGISTRADOS: Don Víctor Caba Villarejo.

Don Juan José Cobo Plana.

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S E N T E N C I A :

En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 9 de marzo de 2000.

VISTOS, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la parte actora, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía nº 343/98, interpuesto contra la Sentencia de fecha 20 de mayo de 1999, y seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Arrecife, a instancia de DOÑA Eva, parte apelante, representada en esta alzada por el/la Procurador/a DON ANTONIO VEGA GONZALEZ, y dirigida por el/la Letrado/a DOÑA LOLETA LINARES POLAINO, contra DON Juan Luis, parte apelada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Arrecife recayó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así: "Que desestimando la demanda interpuesta por la representación procesal de DOÑA Eva contra DON Juan Luis, debo absolver y absuelvo a este último de los pedimentos formulados en su contra, sin condena en costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

La referida sentencia, que lleva fecha 20 de mayo de 1999, se recurrió en apelación por la parte actora, seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación (registrado con el nº 729/99), no habiéndose solicitado recibimiento a prueba en esta alzada, trayéndose los autos a la vista para sentencia, la cual tuvo lugar el día 2 de marzo de 2000 con la única presencia de la parte apelante.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan José Cobo Plana, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la sentencia recurrida, los cuales se dan aquí por reproducidos.

Se interpone por la representación de DOÑA Eva recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia e insiste en sus alegaciones de que la conducta violenta y amenazadora de DON Juan Luis ha quedado suficientemente acreditada y debe ser causa bastante para que en la sentencia se decrete la suspensión del régimen de visitas de éste respecto a la hija común.

SEGUNDO

El principio rector y primario para la solución de los conflictos en materia de derecho de familia está marcado por el interés superior y preeminente...

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