SAP Cádiz, 13 de Junio de 2002

PonenteMANUEL ZAMBRANO BALLESTER
ECLIES:APCA:2002:1682
Número de Recurso82/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución13 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª

D. MANUEL ZAMBRANO BALLESTERD. MANUEL ESTRELLA RUIZD. MANUEL RIVERA FERNANDEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ. SECCION CUARTA.

SENTENCIA.

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. MANUEL ZAMBRANO BALLESTER

MAGISTRADOS ILMOS. SRES.

D. MANUEL ESTRELLA RUIZ

D. MANUEL RIVERA FERNANDEZ

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N° 4 DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA

JUICIO N° 339/01

ROLLO N° 82/02-2

En la Ciudad de Cádiz, a 13 de junio de 2002.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos referenciados al margen, en los que son parte apelante Juan Alberto , Beatriz , Ernesto y Sogufesa de una parte, y Plácido , Silvia e Eugenia de otra, y parte apelada María Rosa .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 4 de El Puerto de Santa Mafia con fecha 6/2/02 se dictó auto en el juicio ya referenciado cuya Parte Dispositiva literalmente dice: "ACUERDO la suspensión del presente procedimiento has la finalización del procedimiento ordinario seguido en el Juzgado de Primera Instancia n° Dos de esta ciudad con el núm. 137/01.".

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por las ya mencionadas partes apelantes, y admitido el recurso en ambos efectos, elevados los autos a esta Audiencia y designado Magistrado Ponente, se formó el correspondiente rollo, que quedó visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso, se ha observado las formalidades legales.

CUARTO

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. MANUEL ZAMBRANO BALLESTER.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Primera

Dos recursos de apelación se interponen contra el auto de 6 de Febrero de 2.002 que apreciando la concurrencia de prejudicialidad civil acuerda la suspensión del presente procedimiento en tanto finaliza el que ante el Juzgado de primera instancia núm 2 se sigue con el núm 137/01, ambos deducidos por sendas representaciones de demandados y ambos basados en un mismo motivo: la infracción en que a su juicio dicha resolución incide de lo dispuesto en los artículos 43 y 88 de la Ley de enjuiciamiento civil.

Segunda

Son hechos no controvertidos por las partes, por demás recogidos como tales en la resolución impugnada, los siguientes:

  1. Que la actora tiene promovido contra Marí Jose , Silvia , Ernesto y Sogufesa S.A., procedimiento ordinario que se sigue ante el Juzgado de primera instancia núm. 2 de El Puerto de Santa María con el núm. 137/01, en el que se pide entre otros pronunciamientos la declaración de propiedad de la actora sobre las acciones núms. 251 a 375 de la entidad Sogufesa S.A. y por ello su condición de socio; 2°. Que la misma actora tiene promovido contra Silvia , Plácido , Eugenia , Ernesto , Juan Alberto , Beatriz y Sogufesa S.A., el presente procedimiento ordinario que se sigue ante el Juzgado de procedencia, núm 4 de la misma ciudad, con el núm. 339/01, y en el que se pide la...

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