SAP Navarra 23/2004, 13 de Febrero de 2004

PonenteGEMMA ANGELICA SANCHEZ LERMA
ECLIES:APNA:2004:180
Número de Recurso89/2003
Número de Resolución23/2004
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

D. AURELIO H. VILA DUPLAD. JUAN MANUEL FERNANDE MARTINEZD. GEMMA ANGELICA SANCHEZ LERMA

S E N T E N C I A Nº 23/2004

Presidente

D. AURELIO H. VILA DUPLA

Magistrados

D. JUAN MANUEL FERNANDE MARTINEZ

Dª GEMMA ANGELICA SANCHEZ LERMA

En Pamplona, a 13 de febrero de 2004.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 89/2003, derivado de los autos de Juicio Ordinario nº 0000696/2001, del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Pamplona/Iruña; siendo parte apelante, MERCK & CO INC Y MERCK SHARPE & DOHME DE ESPAÑA, S.A., representada por la Procuradora Dª Myriam Grávalos Soria y asistida por el Letrado D. Francisco Javier Carión García de Parada; parte apelada, LABORATORIOS CINFA,S.A., representada por el Procurador D. Juan-José Moreno De Diego y asistida por el Letrado D. Javier Boneta Lapitz.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada de esta Sección, Dª GEMMA ANGELICA SANCHEZ LERMA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 11 de enero de 2.003, el referido Juzgado, en el citado procedimiento, dictó Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que desestimando la demanda reconvencional interpuesta por las mercantiles MERCK & CO.IND. y MERCK SHARP & DOHME DE ESPAÑA S.A y estlmando la demanda interpuesta por LABORATORIOS CINFA S.A. debo declarar que los actos de comercialización que esta última pretende realizar de la simvastatina como medicamento genérico que utiliza como materia activa la "simvastatina" fabricada por Ranbaxy Laboratories LTD según las especificaciones de la Patente de Invención Europea 086459, no infringe los derechos de la demandada amparados por las Patentes de Invención Españolas números ES 499.079; EPO 0625208 (ES 2114040) ; EPO 0299656 (ES 2018710); EPO 351918 (ES 2.058.475) ; EPO 0461930 (ES 2.078.447 ); EPO0511867 (ES 2.090.507) ; EPO 578723 (ES 2.132.121) .Todo ello con expresa condena en costas a las dmandadas reconvinientes.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días a contar desde su notificación.".

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de MERCK & CO INC Y MERCK SHARPE & DOHME DE ESPAÑA S.A..

CUARTO

En el trámite del art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la parte apelada, LABORATORIOS CINFA,S.A., evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil ya referido, en el que se señaló el día 16 de julio de 2.003, para su deliberación y fallo, habiéndose observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia por acumulación de asuntos pendientes de resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso dimana del Procedimiento Ordinario nº 696/2001 instado por Laboratorios CINFA, S.A. frente a MERCK & CO. INC. por el que en ejercicio de la acción recogida en el art. 127 de la Ley de Patentes pedía al actora se declara que la comercialización que realizara de la especialidad farmacéutica "simvastatina", como medicamento genérico que utiliza como materia activa la "simvastatina" fabricada por RAMBAXI LABORATORIES LTD, según las especificaciones de la Patente de Invención Europea 0864569, no infringe los derechos de la demandada amparados por las patentes de invención españolas números ES 499.079; EPO 0625208 (ES 2114040) ; EPO 0299656 (ES 2018710); EPO 351918 (ES 2.058.475) ; EPO 0461930 (ES 2.078.447 ); EPO0511867 (ES 2.090.507) ; EPO 578723 (ES 2.132.121); propiedad de la demandada.

Frente a ello se opuso la demandada considerando que se infringen sus derechos de patente alegando al amparo de lo previsto en el art. 61.2 de la Ley de Patentes que la prueba en relación a la no infracción de su derechos corresponde a la ahora actora y formulando demandada reconvencional solicitando se declare que MERCK es titular de todas las patentes y que CINFA, S.A. infringe los derechos exclusivos de ésta dimanantes de sus patentes sobre la "simvastatina", por haber importado, adquirido e introducido en España tal producto, declarándose así mismo que la "simvastatina" que Laboratorios CINFA, S.A. pretende comercializar o comercializa en España infringe los derechos exclusivos de MERCK & CO. INC. dimanantes de las mencionadas patentes de procedimiento. Ejercita así mismo la reconviniente acción de cesación, indemnización de daños y perjuicios y remoción por considerar la presunta infracción de derechos de patente alegada acto de competencia desleal comportamiento entiende subsumible dentro de los actos específicamente tipificados por la norma y concretamente consistente en imitación de prestaciones ajenas (art. 11 Competencia Desleal), aprovechamiento de la reputación ajena (art. 12 LC. Desleal) y ventaja competitiva adquirida por infracción de leyes (art. 12 L.C. Desleal).

La sentencia de primera instancia desestimó íntegramente la demanda reconvencional interpuesta por MERCK & CO. IND. y estimó íntegramente la demanda interpuesta por LABORATORIOS CINFA, S.A..

Frente a la sentencia de instancia la demanda -reconviniente interpone recurso de apelación formulando diversos motivos de apelación que conviene analizar en forma separada.

SEGUNDO

La sentencia de instancia afirma la ausencia de infracción de la patente ES 499.079 (P1). Afirma la sentencia que la patente P1, goza en principio de la presunción de...

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