SAP Cádiz 147/2004, 30 de Noviembre de 2004

PonenteMARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZ
ECLIES:APCA:2004:1586
Número de Recurso4/2004
Número de Resolución147/2004
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

D. MANUEL DE LA HERA OCADª. MARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZD. PEDRO MARCELINO RODRIGUEZ ROSALES

S E N T E N C I A Nº 147

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ.

SECCIÓN SEGUNDA.

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. MANUEL DE LA HERA OCA.

MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.

Dª MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ

D. PEDRO MARCELINO RODRÍGUEZ ROSALES.

REFERENCIA:

PROCEDENCIA: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº. TRES DE CÁDIZ ( ANTES MIXTO Nº. NUEVE ).

DILIGENCIAS PREVIAS Nº. 45/2003, CONVERTIDAS EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº.

19/2003, CUYO ANTECEDENTE SON LAS DILIGENCIAS PREVIAS Nº. 1945/2000 DEL JUZGADO

DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº. TRES DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA.

ROLLO: Nº. 4/2004 ( P. A. 4/2004 ).

En Cádiz a treinta de noviembre de dos mil cuatro.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, ha visto en juicio oral y público, en única instancia, la causa de la referencia, seguida en virtud de acussación y por la posible comisión de delitos contra la salud pública, blanqueo de capitales y amenazas contra los que a continuación se expresan:

  1. - Contra Donato , nacido en Cádiz el 5 de septiembre de1975, hijo de Sebastián y María, con D.N.I. núm. NUM000 , vecino de esta Ciudad, en c/ PLAZA000 nº. NUM001 - NUM001 - NUM002 , en situación de libertad provisional, de la que estuvo privado desde el 28 de abril de 2001 al 22 de marzo de 2002, mediante fianza de 2404,05 euros, representado por la Procuradora Doña Montserrar Cárdenas Pérez y defendido por el Letrado Don Javier Puyol Castro.

  2. - Contra Juan Antonio , nacido en Cádiz el día 1 de febrero de 1979, hijo de Salvador y de Josefa, con D.N.I. núm. NUM003 , vecino de esta Ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION000 nº. NUM004 , en situación de libertad provisional, de la que estuvo privado entre los días 28 de abril de 2001 al 3 de mayo de 2002, mediante la prestación de fianza de 2400 euros, representado por el Procurador Don Fernando Lepiani Velázquez y defendido por el Letrado Don Serafín Moreno Gámez.

  3. - Contra Serafin , nacido en Cádiz el día 8 de noviembre de 1956 de Noviembre de mil novecientos cincuenta y seis, hijo de Antonio y de Manuela, con D.N.I. núm. NUM005 , vecino de esta ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION001 nº. NUM006 - NUM007 NUM008 . en situación de libertad provisional, de la que estuvo privado entre los días 28 de abril de 2001 al 15 de junio de 2001, bajo fianza de 300.000 pesetas, representado por el Procurador Don Juan Manuel Gómez Castro y defendido por el Letrado Don Miguel Llompart Bravo, sustituido en el acto del Juicio por su compañero Don Serafín Moreno Gámez.

  4. - Contra Julián , nacido en Cádiz el día 7 de octubre de1975, hijo de Antonio y de Juana, con D.N.I. núm. NUM009 , vecino de Chiclana de la Frontera, con domicilio en c/ DIRECCION002 nº. NUM010 , en situación de libertad provisional, de la que estuvo privado entre los días 28 de abril de 2001 al 3 de abril de 2002, mediante la prestación de fianza de 1.000.000 pesetas, representado por la Procuradora Doña María Fernández Roche y defendido por el Letrado Don Ricardo Álvarez- Ossorio Fernández.

  5. - Contra Angelina , nacida en Cádiz el día 14 de Marzo de 1970, hija de Manuel y de María del Carmen, con D.N.I. núm. NUM011 , vecina de esta Ciudad, en c/ DIRECCION003 nº. NUM012 - NUM007 NUM013 , situación de libertad provisional, de la que estuvo privada entre los días 28 de abril de 2001 al 30 de abril de 2001, mediante la restación de fianza de 1.000.000 pesetas, representada por la Procuradora Doña María Fernández Roche, y defendida por el Letrado Don Fernando Serrano Martínez.

  6. - Contra Sebastián , nacido en Algodonales, Provincia de Cádiz, el día 26 de Febrero de1956, hijo de Andrés y de Francisca, con D.N.I. núm NUM014 , vecino de esta Ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION004 nº. NUM004 - NUM015 NUM002 , en situación de libertad provisional, de la que estuvo privada entre los días 28 de abril de 2001 al 30 de abril de 2001, mediante la prestación de fianza de 1.000.000 pesetas, representado por la Procuradora Doña Inmaculada González Domínguez y defendido por el Letrado Don Juan Manuel Priego Gómez.

  7. - Contra Juan Alberto , nacido en San Fernando, Provincia de Cádiz, el día 19 de Septiembre de 1974, hijo de Luis y de Amparo, con D.N.I. núm. NUM016 , vecino de esta ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION005 nº. NUM017 - NUM001 , en situación de libertad provisional, de la que estuvo privado entre los días 28 de abril de 2001 al 3 de mayo de 2002, mediante la prestación de fianza de 2404,05 euros, representado por la Procuradora Doña María Isabel Gómez Coronil y defendido por el Letrado Don Antonio Navas Martínez.

  8. - Contra Jose Carlos , nacido en Cádiz el 17 de junio de 1978, hijo de Eusebio y de María del Carmen, con D.N.I. núm. NUM018 , vecino de esta Ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION006 nº. NUM001 - NUM001 NUM008 ., en situación de libertad provisional, de la que estuvo privada entre los días 13 de noviembre de 2002 al 27 de marzo de 2003, representado por la Procuradora Doña María Fernández Roche, y defendido por el Letrado Don Fernando Serrano Martínez.

  9. - Contra Marcelina , nacida en Cádiz el día 23 de Noviembre de 1980, hija de Gonzalo y de María Ángeles, con D.N.I. núm. NUM051 , vecina de esta Ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION006 nº. NUM019 - NUM001 NUM020 ., en situación de libertad provisional, de la que estuvo privada entre los días 18 de julio de 2001 al 19 de julio de 2001, mediante la prestación de fianza de 500.000 pesetas, representada por la Procuradora Doña María Fernández Roche, y defendida por el Letrado Don Santiago Rodríguez Villamil.

  10. - Contra Paloma , nacida en Cádiz el día 11 de Julio de1952, hija de Joaquín y de Manuela, con D.N.I. núm. NUM021 , vecina de esta Ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION007 , en situación de libertad provisional, de la que estuvo privada entre los días 18 de julio de 2001 al 10 de agosto de 2001, mediante la prestación de fianza de 1.000.000 pesetas, representada por la Procuradora Doña María Fernández Roche, y defendida por el Letrado Don Santiago Rodríguez Villamil.

  11. - Contra Pedro Jesús , nacido el día 18 dieciocho de Marzo de 1941, en La Estrada, Provincia de Pontevedra, hijo de Manuel y de Carmen, con D.N.I. núm. NUM022 , vecino de esta Ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION008 nº. NUM023 - NUM007 NUM008 ., en situación de libertad provisional, de la que estuvo privada entre los días 1 de agosto de 2001 al 2 de agosto de 2001, mediante la prestación de fianza de 200.000 pesetas, representado por la Procuradora Doña María Fernández Roche y defendido por el Letrado Don Manuel Vieytes Lombardía.

  12. - Contra Juan Carlos , nacido en Cádiz el día 12 de Enero de 1967, hijo de Rafael y de María Cruz, con D.N.I. núm. NUM024 , vecino de esta Ciudad, con domicilio en c/ DIRECCION007 nº. NUM025 - NUM015 , en situación de libertad provisional, de la que estuvo privado entre los días 2 de agosto de 2001 al 2 de agosto de 2001, mediante la prestación de fianza de 500.000 pesetas, representado por el Procurador Don Antonio Gómez Castro y defendido por el Letrado Don Fernando Viñas Arias.

Todos han sido citados en forma como acusados en este proceso. Ha sido parte el Ministerio Fiscal, en ejercicio de la acción pública, y Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ministerio Fiscal y en las Diligencias Previas de la referencia, se formuló escrito de acusación contra las personas dichas, teniéndolas por autoras de: A) Un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, del artículo 368, inciso 2º del Código Penal; B) Un delito de blanqueo de dinero, del artículo 301.1, inciso segundo del Código Penal; y C) Un delito de amenazas del artículo 169.1º, inciso segundo del Código Penal, de los que estimaba como autores a: 1) Del delito A), a Donato , Juan Antonio , Serafin , Julián , Angelina , Sebastián , Juan Alberto y Jose Carlos ; del delito B) , a Marcelina , Paloma , Pedro Jesús y Juan Carlos ; y de los delitos B) y C) a Jose Carlos , no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en repetidos acusados para los que solicitaba las siguientes penas: por el delito A), para Donato , 7 años de prisión y multa de 22.880 euros, para Juan Antonio , 6 años de prisión y multa de 10.000 euros, para Serafin , 4 años de prisión y multa de 600 euros, para Julián e Angelina , 5 años de prisión, para Sebastián , 5 años de prisión, para Juan Alberto y Jose Carlos , 8 años de prisión, multa de 43.000 euros, al primero, y 22.800 euros, al segundo; por el delito B), a Jose Carlos , 4 años de prisión y multa de 420.708 euros, y para Marcelina , Pedro Jesús y Juan Carlos , 3 años de prisión y multa de 78.131 euros, con 2 meses de arresto personal subsidiario para el caso de impago a la primera y la misma pena de prisión y multa de 240.404 euros, con 4 meses de arresto personal subsidiario para el caso de impago, a los otros dos acusados; por el delito C), para Jose Carlos , 1 año de prisión. Todas las penas de prisión habrían de llevar aparejadas la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Los acusados abonarían las costas procesales proporcionalmente. Procedía el comiso de los efectos y dinero intervenidos a los repetidos acusados en las entradas y registros y la devolución de aquéllos consistentes en documentos sin relevancia para el procedimiento, destrucción de los efectos sin valor económico, comiso de todos los bienes y derechos de propiedad de Jose Carlos , la disolución de la Sociedad Chiclana Beach y el comiso todos sus bienes, derechos y acciones, entre...

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