SAP Madrid 874/2004, 28 de Septiembre de 2004

PonenteJOAQUIN NAVARRO ESTEVAN
ECLIES:APM:2004:12383
Número de Recurso501/2003
Número de Resolución874/2004
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

D. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAND. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESD. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935

N.I.G. 28000 1 7007226 /2003

Rollo: RECURSO DE APELACION 501 /2003

Autos: MAYOR CUANTIA 250 /1999

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ALCOBENDAS

De: RIOJANA DE FINCAS, S.A.

Procurador: PAZ SANTAMARIA ZAPATA

Contra: ALMACENES MARTI S.L.

Procurador: MARIA DEL MAR MONTERO DE COZAR MILLET

PONENTE: ILMO. SR. D. JOAQUÍN NAVARRO ESTEVAN

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOAQUÍN NAVARRO ESTEVAN

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDES

D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

En MADRID , a veintiocho de septiembre de dos mil cuatro.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 250/99, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Alcobendas, seguidos entre partes, de una, como demandada- apelante RIOJANA DE FINCAS, S.A. (RIOFISA), representada por la Procuradora Dª Paz Santa María Zapata y defendida por Letrado, y de otra como demandante-apelada ALMACENES MARTI, S.L., representada por la Procuradora Dª Mª Mar Montero de Cozar Millet y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de mayor cuantía.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. ILMO. SR. D. JOAQUÍN NAVARRO ESTEVAN.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4, en fecha 8 de Noviembre de 2002, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:"Que estimando íntegramente la demanda intepruesta por el Procurador Sr. de Andrés en nombre y representación de ALMACENES MARTÍ S.L. contra la entidad RIOJANA DE FINCAS S.A. (RIOFISA) representada por el Procurador Sr. Fernández Fernández, debo declarar y declaro el incumplimiento de esta última de las obligaciones contraídas en el contrato suscrito con la actora el 5 de junio de 1997, condenando en consecuencia a dicha demandada al pago de los daños y perjuicios que se acrediten en ejecución de esta sentencia. Que debo acordar y acuerdo la devolución a la actora de las cantidades por ella entregadas a cuenta del citado contrato a la demandada con los intereses legales desde la fecha de entrega hasta su completa devolución, condenando a dicha demandada al abono de las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 20 de mayo de 2004, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de septiembre de 2004.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Menos mal que la actitud procesal de la apelante, fronteriza con el orden penal, si no inclusa en el mismo, ha cambiado sustancialmente en esta alzada. No niega ya su gravísimo incumplimiento contractual, pues solicita, en el suplico de su escrito de recurso, en plano subsidiario, su condena...

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