SAP Madrid 935/2004, 14 de Octubre de 2004
Ponente | ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS |
ECLI | ES:APM:2004:13028 |
Número de Recurso | 760/2002 |
Número de Resolución | 935/2004 |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUSD. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAND. JOSE GONZALEZ OLLEROS
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00935/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección:10ª
Fecha Sentencia: 14/10/2004
Procedimiento: Tasación de costas
Nº Rollo: 760/02
Autos Nº: 78/01
Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Madrid
Demandante/ Apelante: Luisa
Procurador: María Jesús Pintado de Oyagüe
Demandado/Apelado: Donato
Procurador: Carlos Naharro Perez y Armesto, S.A.
Sobre: Tasación de costas. Impugnación de honorarios de Letrado por indebidos.
Ponente : ILMO. SR. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
SENTENCIA Nº
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOAQUÍN NAVARRO ESTEVAN
D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
En Madrid, a catorce de octubre de dos mil cuatro.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha conocido en acto de deliberación, votación y fallo la presente demanda incidental de impugnación de tasación de costas, por la inclusión de honorarios indebidos, deducida por la Procuradora Dª Mª Jesús Pintado de Oyagüe, frente a la minuta presentada por la Letrada Dª Mª Carmen Mencia Gómez-Arevalillo, en el recurso interpuesto contra la resolución dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Madrid, en los autos de Menor cuantía nº 78/01, seguido en el citado órgano jurisdiccional.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS.
El día 14 de Mayo de 2004, el Procurador D. Alvaro Armesto Lopez, en nombre y representación de AREMESTO, S.A., presentó escrito solicitando la oportuna tasación de costas, a cuyo fin se acompañaba la minuta de honorarios de Letrado por importe de 872,42.-Euros; habiéndose practicado tasación de costas por la Sra. Secretaria, incluyendo la misma y acordado en Diligencia de Ordenación dar vista de aquélla por término de diez días a las partes, a través de su representación procesal e impugnando la apelante dicha tasación por indebida.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
(1) Mediante escrito con registro de entrada en fecha 19 de mayo de 2004, el Procurador Don Carlos Naharro Pérez, actuando en nombre y representación procesal por designación de oficio de Don Donato instó de esta Sala la práctica de la tasación de las costas devengadas en el presente Rollo, al pago de las cuales fue condenado la apelante Doña Luisa por la sentencia que dictara esta Sala en fecha 16 de marzo de 2004, íntegramente desestimatorio del recurso de apelación formulado por ésta. A tal fin, presentaba la minuta de honorarios de la Letrada Doña Consuelo Martín Blázquez, comprensiva de los siguientes conceptos: «Criterio 44: Recurso de apelación: 750 Euros; IVA 16%: 120 Euros. Total: 870 Euros».
(2) Por Diligencia de Ordenación de 18 de junio de 2004 se acordaba practicar la oportuna tasación por la Sra. Secretaria de esta Sección, lo que se verificó en la misma fecha, acordándose comunicar a las partes por su orden.
(3) Mediante escrito con registro de entrada en fecha 1 de julio de 2004, la Procuradora Doña María Jesús Pintado de Oyagüe, actuando en nombre y representación procesal de Doña Luisa, a la sazón parte apelante condenada al pago de las costas de esta alzada, dedujo impugnación de la tasación de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Madrid 51/2012, 18 de Enero de 2012
...de las mismas porque "el que puede lo más, con mayor razón puede lo menos". En este sentido se citan también las sentencias de la AP de Madrid de 14 de octubre de 2004 y AP de las Palmas de 5 de septiembre de 2003 . Las excepciones que pueden dar lugar a que no se impongan las costas a la p......
-
AAP Madrid 207/2012, 13 de Junio de 2012
...de las mismas porque "el que puede lo más, con mayor razón puede lo menos". En este sentido se citan también las sentencias de la AP de Madrid de 14 de octubre de 2004 y AP de las Palmas de 5 de septiembre de 2003 . Las excepciones que pueden dar lugar a que no se impongan las costas a la p......
-
SAP Madrid 17/2012, 30 de Diciembre de 2011
...de las mismas porque "el que puede lo más, con mayor razón puede lo menos". En este sentido se citan también las sentencias de la AP de Madrid de 14 de octubre de 2004 y AP de las Palmas de 5 de septiembre de 2003 . Las excepciones que pueden dar lugar a que no se impongan las costas a la p......