SAP Madrid 473/2004, 26 de Julio de 2004
Ponente | D. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2004:11067 |
Número de Recurso | 794/2003 |
Número de Resolución | 473/2004 |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
D. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZDª. MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZD. PEDRO POZUELO PEREZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00473/2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 794 /2003
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 402 /2001
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de COLLADO VILLALBA
PONENTE: ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
APELANTE: RIERA MENENDEZ OPTICA, S.L.
PROCURADOR: FRANCISCO DE LAS ALAS-PUMARIÑO Y MIRANDA
APELADO: VISUS LINE, S.R.L.
PROCURADOR: JOSE ANTONIO PEREZ MARTINEZ
En MADRID, a veintiséis de julio de dos mil cuatro.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Collado Villalba, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado RIERA MENÉNDEZ OPTICA, S.L. representado por el Procurador Sr. De las Alas-Pumariño y Miranda y de otra, como apelado demandante VISUS LINE S.R.L. representado por el Procurador Sr. Pérez Martínez, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo/a Sr./Sra. DON JESÚS RUEDA LÓPEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Collado Villalba, en fecha 24 de abril de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que con estimación de la demanda interpuesta por la representación procesal de VISUS LINE, S.R.L., debo condenar y condeno a la mercantil RIERA MENÉNDEZ OPTICA, S.L., al pago de la cantidad de 7.013.194 pesetas, o sus equivalentes 42.150,14 euros, más el pago de los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago, los procesales desde sentencia y con expresa imposición de costas a la demandada, no obstante la estimación parcial al entenderse que ha litigado con temeridad".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de julio de 2004.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Ejercitada por la parte actora en su día una acción personal de reclamación de cantidad con fundamento legal en los artº. 325 C.com y 1500 C.c. en exigencia a la sociedad demandada del pago de 43.625,38.- Euros en concepto de precio de determinadas mercancías que le fueron suministradas, se formuló oposición a la demanda procediéndose al allanamiento parcial a la misma y negando adeudar la totalidad de la suma reclamada, sien do dictada sentencia...
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