SAP Madrid 278/2004, 10 de Mayo de 2004

PonenteD. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
ECLIES:APM:2004:6689
Número de Recurso550/2003
Número de Resolución278/2004
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

D. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZDª. MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZD. PEDRO POZUELO PEREZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00278/2004

Rollo: RECURSO DE APELACION 550 /2003

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 1019 /2002

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 57 de MADRID

PONENTE: ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

APELANTE: Estela

PROCURADOR: RAMON RODRIGUEZ NOGUEIRA

APELADO: MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA Y OTROS

PROCURADOR: MARIA MERCEDES GALLEGO ROL Y OTROS

En MADRID, a diez de mayo de dos mil cuatro.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 57 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DOÑA Estela representada por el Procurador Sr. Rodríguez Nogueira y de otra, como apelados demandados DON Imanol y MUTUALIDAD DE LEVANTE representados por el Procurador Sr. Hidalgo Senen, MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA representada por la Procuradora Sra. Gallego Rol, DON Donato representado por la Procuradora Sra. Prieto Palomeque y como demandado Variantes, Encurtidos y Salazones Joma, S.L., seguidos por el trámite de juicio verbal.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo/a Sr./Sra. DON JESÚS RUEDA LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 57 de Madrid, en fecha 13 de marzo de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo de desestimar y DESESTIMO LA DEMANDA interpuesta por el Procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de Dª. Estela contra D. Imanol y la entidad "MUTUALIDAD DE LEVANTE", representados por el Procurador D. Cesáreo Hidalgo Senén, D. Donato y la entidad aseguradora "MAPFRE" representados por la Procuradora Dª. Eloísa Prieto Palomeque y la entidad "VARIANTES, ENCURTIDOS Y SALAZONES JOMA, S.L.", declarada en rebeldía, a la que absuelvo, condenando a la actora al pago de las costas procesales si las hubiere".

SEGUNDO

Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 6 de mayo de 2004.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada por la parte actora en su día una acción personal de reclamación de cantidad con fundamento legal en los arts. 1902 y cc. Cc por hecho de la circulación en exigencia del pago de 1.143,71.-Euros en concepto indemnizatorio de los perjuicios causados como consecuencia del accidente de circulación ocurrido el día 12 de abril de 2002 en el pk. 9,600 de la carretera A3, término municipal de Madrid, al ser colisionado el vehículo que conducía, se dirigió la demanda contra D. Imanol y la Mutualidad Levante como propietario y aseguradora del vehículo W-....-WZ así como contra D. Donato, Variantes, Encurtidos y Salazones Joma S.L. y Mapfre Mutualidad de Seguros como conductor, propietaria y aseguradora respectivamente del vehículo 1387-BMM, los cuales se opusieron a la demanda formulada, siendo dictada sentencia en la instancia por la que se desestimaba la misma al entender no acreditados los hechos narrados en la demanda en cuanto a la culpabilidad de los demandados al darse versiones contradictorias sobre los hechos e interponiéndose por la demandante el recurso que es ahora objeto de consideración por esta Sala y que ha venido a fundamentar en la, a su juicio, errónea valoración de la prueba efectuada por el Juzgador de instancia.

SEGUNDO

Planteada así la cuestión en esta alzada estima la Sala en parte asumible la argumentación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Zaragoza 436/2009, 27 de Julio de 2009
    • España
    • 27 Julio 2009
    ...efectos dialécticos, conviene recordar que también es punible la modalidad de almacenamiento, como fase previa de la distribución (SAP de Madrid de 10-5-04 ). No se desconoce el restrictivo criterio reiterado de la A.P. de Barcelona, del que son fiel exponente las recientes SS. de 20-3-06 y......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR