SAP Madrid 64/2004, 5 de Febrero de 2004
Ponente | D. NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ |
ECLI | ES:APM:2004:1583 |
Número de Recurso | 518/2003 |
Número de Resolución | 64/2004 |
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
D. NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZD. EPIFANIO LEGIDO LOPEZD. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19ª
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7007670 /2003
ROLLO: RECURSO DE APELACION 518 /2003
PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 706 /2002
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 42 de MADRID
FECHA RESOLUCION RECURRIDA: SENTENCIA DE FECHA 9 ABRIL 2003
Apelante/s: DIRECCION000
Procurador: MANUEL DE BENITO OTEO
Apelado/s: Nieves, David, Maribel
Procurador: RAQUEL GOMEZ SANCHEZ, RAQUEL GOMEZ SANCHEZ, RAQUEL GOMEZ
SANCHEZ
SENTENCIA Nº 64
Ponente: Ilmo. Sr. D. Nicolás Díaz Méndez
Ilmos. Sres. Magistrados:
ILMO. SR. D. Nicolás Díaz Méndez
ILMO. SR. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID, a cinco de febrero de dos mil cuatro.
La Sección Décimo-Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Srs. Magistrados al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario sobre reposición de elementos comunes, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 42 de los de Madrid bajo el núm. 706/2002 y en esta alzada con el núm. 518/2003 de rollo, en el que han sido partes, como apelante, la DIRECCION000, Madrid, representada por el Procurador Don Manuel de Benito Oteo y dirigida por la Letrada Doña Carmen Aparicio Medrano, y, como apelados, Don David y Doña Maribel, representados por la Procuradora Doña Raquel Gómez Sánchez y dirigidos por el Letrado Don Marino Turiel Gómez y Doña Nieves, representada por la Procuradora Doña Raquel Gómez Sánchez y dirigida por el Letrado Don Eugenio Cavero Chamorro.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Nicolás Díaz Méndez, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se aceptan y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto se relacionan con la presente resolución.
En los autos más arriba indicados, con fecha 9 de Abril de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "
FALLO: Que estimando parcialmente la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el Procurador D. Manuel de Benito Oteo en nombre y representación de la DIRECCION000 de Madrid contra Dña. Nieves, Don David y Dña. Maribel representados por la Procuradora Dña. Raquel Gómez Sánchez:
Debo absolver y absuelvo a D. David y Dña. Maribel de las pretensiones contra ellos deducidos en la demanda.
Debo declarar y declaro que las obras realizadas consistentes en la apertura de un hueco en la pared medianera son inconsentidas y por tanto ilegales al afectar a elementos comunes y en definitiva se ha modificado el título constitutivo.
Debo condenar y condeno a Dª Nieves a realizar las obras necesarias para reponer el muro medianero a su estado primitivo.
Debo condenar y condeno a Dª Nieves al pago de las costas causadas en el presente procedimiento, salvo las ocasionadas por D. David y Dª Maribel que se imponen a la Comunidad actora."
Contra dicha sentencia por la representación procesal la DIRECCION000, de Madrid, se preparó e interpuso recurso de apelación que contrae al pronunciamiento que estima la falta de legitimación pasiva ad causam de D. David y su esposa Dª Maribel y en consecuencia la absolución de los mismos de las pretensiones de la demanda, así como la no imposición de costas, haciendo referencia al objeto del proceso, y a la condición de arrendatarios de los codemandados respecto de los que se desestima la demanda, del local en el que las mismas se producen, aduciendo que fueron éstos quienes realizaron las obras que la sentencia estima ilícitas,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Valencia 16/2015, 27 de Enero de 2015
...de junio de 2001 (JUR 2001, 267095), SAP Málaga de 8 de abril de 2005 (JUR 2005, 149224), SAP de Valencia de 9 de mayo de 2005, SAP Madrid de 5 de febrero de 2004, 10 de octubre de 2007 y 28 de febrero de 2008 (JUR 2008, 135212), SAP Murcia de 2 de mayo de 2007, SAP Alicante de 21 de octubr......
-
SAP Alicante 390/2010, 6 de Octubre de 2010
...en contrario ( SAP de Castellón de 25 de junio de 2001, SAP Málaga de 8 de abril de 2005, SAP de Valencia de 9 de mayo de 2005, SAP Madrid de 5 de febrero de 2004, 10 de octubre de 2007 y 28 de febrero de 2008, SAP Murcia de 2 de mayo de 2007, SAP Alicante de 21 de octubre de 2008, SAP Bale......
-
SAP Alicante 153/2013, 22 de Marzo de 2013
...en contrario ( SAP de Castellón de 25 de junio de 2001, SAP Málaga de 8 de abril de 2005, SAP de Valencia de 9 de mayo de 2005, SAP Madrid de 5 de febrero de 2004, 10 de octubre de 2007 y 28 de febrero de 2008, SAP Murcia de 2 de mayo de 2007, SAP Alicante de 21 de octubre de 2008, SAP Bale......
-
SAP Barcelona 438/2015, 11 de Noviembre de 2015
...en contrario ( SAP de Castellón de 25 de junio de 2001, SAP Málaga de 8 de abril de 2005, SAP de Valencia de 9 de mayo de 2005, SAP Madrid de 5 de febrero de 2004, 10 de octubre de 2007 y 28 de febrero de 2008, SAP Murcia de 2 de mayo de 2007, SAP Alicante de 21 de octubre de 2008, SAP Bale......