AAP Huelva 58/2005, 3 de Mayo de 2005
Ponente | SANTIAGO GARCIA GARCIA |
ECLI | ES:APH:2005:335A |
Número de Recurso | 89/2005 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 58/2005 |
Fecha de Resolución | 3 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
Sección Primera
RECURSO:Recurso penal de APELACION 89/05
Proc. Origen: Ejecutoria 330/01
Juzgado Origen : J. de lo Penal núm. 1 de Huelva
Recurrente: María Teresa
Letrado D. Fco. Javier Castizo Pichardo
Recurrido: Ministerio Fiscal
A U T O
Iltmos. Sres.:
D. SANTIAGO GARCIA GARCIA (Ponente)
D. FRANCISCO BELLIDO SORIA
Dª MERCEDES IZQUIERDO BELTRAN
En Huelva, a tres de Mayo del año dos mil cinco. HECHOS
En la Ejecutoria Penal de referencia recayó Auto de 1 de Febrero del año 2005, por el que se denegaba la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta a la recurrente, por Sentencia firme anterior. Contra la anterior resolución la interesada presentó recurso de reforma entendiendo que procedía la suspensión por encontrarse afectada por enfermedad grave e incurable.
Admitido y tramitado en forma, el Ministerio Fiscal impugnó el recurso y resolvió la juzgadora de primer grado desestimar la reforma por Auto de 21 de Marzo pasado, y admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto el pasado 5 de Noviembre, nuevamente fue impugnado por el Ministerio Fiscal.
Señala el Auto de 25 de Enero de 2001 de la Sección V de la Audiencia Provincial de Madrid (Ponente Sr. MERCEDES IZQUIERDO BELTRAN), que para los enfermos graves con padecimientos incurables el sistema de excarcelación mediante la libertad condicional quizá no sea el más indicado. Estudios como el de Carlos Jesús, jurista conocedor de la realidad de las prisiones, así lo demuestran.
Hay enfermedades graves e incurables que, sin embargo, no suponen un riesgo claro de muerte, sino difuso según eventuales complicaciones, por infecciones o fracasos orgánicos oportunistas. Pero también por riesgo de suicidio o autolisis, comúnmente derivada de la depresión, asociada a otras afecciones físicas. Entre ellas la que ahora debatimos, en la que a graves dolencias físicas se suma la denominada distimia consistente en un trastorno del estado de ánimo y la afectividad que, gracias a los avances de la ciencia psiquiátrica, es susceptible de tratamiento y va convirtiéndose en enfermedad cada vez más controlable y en muchos casos se consigue que el riesgo sea mínimo, casi el normal en las personas sanas, lo que ha supuesto que, en unos años, aumenten las expectativas de control de los afectados, que por fortuna pueden hacer una vida prácticamente normal si...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Pontevedra 659/2018, 18 de Diciembre de 2018
...el último periodo o etapa de su vida) y respeto a la integridad física y moral, debiendo valorarse la enfermedad en su estado actual ( AAP Huelva 58/2005, 3- 5) y debiendo considerarse en el concepto del precepto legal aquella enfermedad que conlleva riesgo absoluto para la salud y es poten......
-
AAP Pontevedra 172/2021, 8 de Abril de 2021
...último periodo o etapa de su vida) y respeto a la integridad física y moral, debiendo valorarse la enfermedad en su estado actual ( AAP Huelva 58/2005, 3-5) y debiendo considerarse en el concepto del precepto legal aquella enfermedad que conlleva riesgo absoluto para la salud y es potencial......