SAP Girona 366/2001, 5 de Julio de 2001
Ponente | JAIME MASFARRE COLL |
ECLI | ES:APGI:2001:1095 |
Número de Recurso | 547/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 366/2001 |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBROD. JOAQUIM FERNANDEZ FONTD. JAIME MASFARRÉ COLL
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
GIRONA
APELACIÓN CIVIL
Rollo n° 547/2000
Autos MENOR CUANTIA Nº 336/1999
JDO. 1ª INSTª INSTR. N° 2 BLANES
SENTENCIA N° 366/2001
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
MAGISTRADOS
JOAQUIM FERNANDEZ FONT
JAIME MASFARRÉ COLL
GIRONA, a cinco de julio de dos mil uno
VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº547/2000, en el que ha sido parte apelante CAIXA
D'ESTALVIS DE CATALUNYA, representado por el/la Procurador/a D. JOAQUIM GARCES
PADROSA y defendido por el/la Letrado/a D. JOSE MARIA CAÑADELL HERNANZ y como parte
apelada COM. PROPIETARIOS EDIF. DIRECCION000 , representada por el/la Procurador/a Doña
MAITE DE BEDOYA y defendida por el/la Letrado/a, D. RAMON MUÑOZ COTRINA.
Por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n° 2 Blanes en autos de MENOR CUANTIA N° 336/1999, seguidos a instancias de COM.PROP. EDIF DIRECCION000 , representado por el/la procurador/a Doña MARIA DEL MAR RUIZ RUSCALLEDA, contra CAIXA D'ESTALVIS DE CATALUNYA, representado por el/la procurador/a D. FIDEL SANCHEZ, se dictó sentencia cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Procuradora Doña María del Mar Ruiz Ruscalleda, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio DIRECCION000 de Blanes y en consecuencia debo condenar y condeno a Caixa D'Estalvis de Catalunya a que haga pago a la actora de la cantidad de 928.717 Ptas, más interposición de la demanda y las costas del procedimiento."
La relacionada sentencia de fecha 15-06-2000 se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes, y seguidos los demás trámites se señaló día para la vista de alzada que tuvo lugar el día 13 de junio de dos mil uno, a las 10 horas, con asistencia de los letrados y procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes en apoyo de sus respectivos intereses.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAIME MASFARRÉ COLL
Como primer motivo de apelación reitera el recurrente la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario desestimada en la instancia, por entender que debió haber sido llamado al pleito el anterior propietario que es quien, inicialmente, es deudor de la cantidad reclamada ( al peticionarse el abono de cuotas de Comunidad nacidas cuando éste ostentaba la titularidad del inmueble posteriormente adquirido por la recurrente ). Y sobre el particular cabe decir que la respuesta jurisprudencial en la materia ha sido contradictoria. Es cierto que existen sentencias que predican la necesidad de la llamada al proceso del anterior propietario del inmueble ( así, a título de ejemplo, la SAP Asturias 18/1/00 ), mas también lb es que existe otra corriente jurisprudencial que defiende la...
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...viene asimismo siendo reconocido por abundante jurisprudencia emanada de las Audiencias Provinciales; a modo de ejemplo, SSAP de Girona nº 366/2001, de 5 de julio (AC 2001/2565) y nº 459/2001, de 9 de octubre (AC 2002/147) ... Málaga nº 558/2007, de 24 de octubre (AC 2008/221 ), todas ellas......