SAP Jaén 260/2002, 13 de Junio de 2002

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2002:842
Número de Recurso184/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución260/2002
Fecha de Resolución13 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA N° 260

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano.

MAGISTRADOS

Dª Elena Arias Salgado Robsy.

Dª Mª Jesús Jurado Cabrera.

En la Ciudad de Jaén a, trece de Junio de dos mil dos.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal sobre desahucio por falta de pago seguidos en primera instancia con el nº 304 del año 2001, por el Juzgado de Primera Instancia de Baezq, rollo de apelación de esta Audiencia nº 184 del año 2002, a instancia de D. Gerardo , representado en la instancia por el Procurador Sr de la Poza Ruiz y defendido por la Letrada Sra de la Poza Ruiz, contra D. Braulio , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Mola Tallada y defendido por el Letrado Sr. Mola Tallada.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, con fecha 20 de Febrero de 2002.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dicto sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que DEBO DECLARAR Y DECLARO ENERVADA POR CONSIGNACIÓN la acción de desahucio entablada por el Procurador D. Fernando de la Poza Ruiz, en nombre y representación de D. Gerardo , contra D. Braulio y su esposa, Dña. Montserrat , en relación con el inmueble sito en la CALLE000 , NUM000

, NUM001 , de Baeza, respecto de las rentas y cantidades asimiladas objeto del presente procedimiento y las debidas a la fecha de celebración de la vista, sin expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó y se interpuso por la parte actora, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en error en la apreciación de la prueba, impugnando también el pronunciamiento relativo a costas procesales, solicitando la revocación de la sentencia y se dicte otra conforme a sus pretensiones.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la parte demandada, solicitando la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la sentencia dictada en la instancia por la que se declara enervada la acción de desahucio ejercitada, se alza la parte actora, reproduciendo en esta alzada las alegaciones vertidas en la instancia, lo cual no deberá prosperar, considerando la resolución impugnada totalmente ajustada a derecho.

Ciertamente se ejercito por la parte actora acción de desahucio por falta de pago de las rentas, consignándose por la parte demandada en tiempo y forma las cantidades reclamadas por lo que se declaró enervada la acción por el juzgador de instancia sin imposición de las costas causadas.

Delimitado así el debate suscitado, es evidente que las cuestiones que se plantean en el presente recurso se circunscriben a determinar, en primer lugar si el pago de las mensualidades de rentas debidas debe reputarse o no primera enervación a los efectos dispuestos en el art. 22-4...

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