SAP Tarragona, 3 de Julio de 2002

PonenteMARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
ECLIES:APT:2002:1194
Número de Recurso197/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

D. Enrique Alavedra Farrando

En Tarragona a tres de julio de dos mil dos.

Visto ante la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por por Edurne representada por el Procurador Sr. Audí Angela y asistida del Letrado Sr. Royo Ormaechea contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 2 de Tortosa en fecha 29 Noviembre 2001, en Juicio de Divorcio núm. 81 /01 en el que consta como parte apelada Oscar representado por el Procurador Sr. Escolano Cladelles y asistido del Letrado Sr. Fornós Castells. Con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recorrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio formado por Oscar representado por el procurador Jesús Escolano Cladelles y Edurne representada por el procurador Jose Luis Audi Angela confirmando las medidas acordadas en la sentencia de separación de 11 de mayo del 2000, a excepción del régimen de visitas, en lo que a este aspecto se refiere: El padre podrá tener bajo su compañía al menor desde las 17.00 horas u hora en que finalice sus actividades escolaes del viernes hasta las 20.00 horas del domingo, durante fines de semana alternos debiendo de recoger y reintegrar al menor en el domicilio en donde éste vive, ya sea él mismo o persona autorizada por éste".

SEGUNDO

Contra la mencionada sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, solicitando la modificación del pronunciamiento relativo al régimen de visitas del hijo menor, que se admitió en ambos efectos; dándose traslado a la otra parte para alegaciones en cuyo trámite la apelada solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia. El Ministerio Fiscal se opuso al recurso interpuesto, solicitando la confirmación de la sentencia. Remitidas las actuaciones a esta Audiencia para laresolución del recurso interpuesto, se incoó el Rollo correspondiente.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han observado las normas legales, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el...

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