SAP Barcelona, 19 de Junio de 2002

PonenteMYRIAM SAMBOLA CABRER
ECLIES:APB:2002:6560
Número de Recurso208/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución19 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D./Dª. VICTORIANO DOMINGO LOREN

D./Dª. AMELIA MATEO MARCO

D./Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de junio de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía nº 725/99, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 26 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Antonia , contra MAPFRE CIA DE SEG. Y REASEG. SA. y RENFE; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de octubre de 2001, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimo parcialmente la demanda deducida por la postulación procesal de DOÑA Antonia y debo de absolver de sus pedimentos a RENFE y condeno a la compañía MAPFRE al pago de 200.000 pesetas más el incremento del intereses en un veinte por ciento desde la fecha del accidente y dada la naturaleza de la litis y el caso enjuiciado no cabe imposición de costas para ninguna de las partes y cada cual soportará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.-"

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación MAPFRE CIA DE SEG Y REASEG mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se adhirió al recurso mediante escrito de fecha 8 de enero de 2002; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 9 de mayo de 2002.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO,siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MYRIAM SAMBOLA CABRER

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia en la que estimando parcialmente la demanda deducida absuelve a la entidad demandada RENFE y condena a la entidad Mapfre al pago de 200.000 pesetas más el incremento del interés en un veinte por ciento desde la fecha del accidente, se alza la entidad codemandada condenada Mapfre seguros generales por considerar inadecuada la imposición del interés del 20% desde la fecha del accidente, la parte actora se adhiere al recurso de apelación formulado por la entidad Mapfre e interesa que se reconozca la indemnización solicitada en el cuerpo del escrito de demanda por entender que ha quedado debidamente acreditado el resultado lesivo y los perjuicios ocasionados.

SEGUNDO

La parte actora mediante escrito de fecha 8 de enero de 2002 interesa se la tenga, por adherida al recurso formulado de contrario y se dicte sentencia de conformidad con lo interesado por esta parte. Si bien el sencillo escrito presentado expresando la voluntad de impugnar la resolución que debería equipararse al llamado escrito de preparación del recurso, aparece en sí mismo insuficiente pues no contiene toda la información precisa para conocer los concretos pronunciamientos de la resolución que se consideran perjudiciales o adversos, lo que llevaría a concluir prima facie que su falta absoluta de fundamentación fáctica y jurídica, al no exponerse con claridad y precisión los extremos de la resolución recurrida a los que se contrae la adhesión al recurso formulado por la contraparte, debería haber determinado su inadmisión, y no habiendo sido así, la causa de inadmisión debería convertirse en esta alzada en causa de desestimación (artículos 457 ...

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