SAP Madrid 14/2005, 20 de Enero de 2005

PonenteJUAN JOSE LOPEZ ORTEGA
ECLIES:APM:2005:454
Número de Recurso280/2004
Número de Resolución14/2005
Fecha de Resolución20 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA

Juicio de Faltas nº 1184/2001

Juzgado de Instrucción nº 28 de Madrid

Rollo de Sala nº 280/2004

JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, EN NOMBRE DE

S.M. EL REY, la siguiente.

S E N T E N C I A Nº 14/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Ilmo. Sr. de la Sección 4ª

D. JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

En Madrid, a veinte de enero de dos mi cinco.

VISTO en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen referenciado, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82, nº 2, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 30 de junio de 2003, dictada por el Juzgado de Instrucción nº28 de Madrid, en el Juicio de Faltas nº1184/2001. Habiendo sido partes: de un lado, como apelantes, Pedro Enrique, y Mutua Madrileña Automovilística; y de otro como apelados, Madritel. S.A., la Equitativa de seguros riesgos diversos grupo Winterthur, Marí Juana, Lucía, Jose Luis, Andrés, Portillo Empresa Constructora S.A., Seirt, S.A. y Axa Aurora Ibérica, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por escrito de 30 de julio de 2003, don Pedro Enrique ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de 30 de junio de 2003 del Juzgado de Instrucción nº 28 de Madrid.

La resolución impugnada condena al denunciado, hoy recurrente, como autor de una falta de lesiones (art. 621.3 CP) a la pena de quince días de multa a razón de una cuota diaria de diez euros. Asimismo, declara la responsabilidad civil del recurrente y de la aseguradora, Mutua Madrileña Automovilista, que se ha adherido al recurso de apelación.

En la resolución impugnada se establece la siguiente relación de hechos probados:

"HECHOS PROBADOS: Apreciando en conciencia la prueba practicada queda expresamente probado que el día 6 de julio de 2001, Marí Juana Seca conducía el vehículo Seat Ibiza matrícula H-....-HC propiedad de Lucía por la C/ Sinesio Delgado y en un momento dado el vehículo que circulaba en sentido contrario matrícula X-....-NK, invade el carril contrario y el conductor Pedro Enrique que circulaba a excesiva velocidad no pudo hacerse con el coche, alcanzando al vehículo de la denunciante.

El vehículo propiedad de Pedro Enrique se encontraba asegurado en la Compañía Mutua Madrileña Automovilista.

Como consecuencia de estos hechos,...

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