SAP Teruel 257/2000, 12 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA TERESA RIVERA BLASCO
ECLIES:APTE:2000:342
Número de Recurso164/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución257/2000
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 257

En la Ciudad de Teruel, a doce de diciembre de dos mil. Esta Audiencia Provincial,

integrada por los Magistrados Ilmos. Sres. Don José Antonio Ochoa Fernández, Presidente, Don Fermín Hernández Gironella y Doña María Teresa Rivera Blasco, ha visto y examinado el rollo de apelación civil núm. 164/2000, incoado para la resolución del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera instancia núm. 1 de Alcañiz en el JUICIO EJECUTIVO nº 14/99 seguido a instancia de ARGENTARIA, CAJA POSTAL Y BANCO HIPOTECARIO, S.A. contra GOOD RUBBER, D. Jesús Ángel , D. Jose Pablo , Doña María Teresa , D. Víctor , Doña Luz , D. Rogelio , Doña Beatriz , D. Plácido , Doña Rosa ,

D. Pablo , D. José , Doña Lucía , Don Jon , Doña Catalina , Don Isidro , Doña María Antonieta .

Han sido apelantes los ejecutados Don Jose Pablo y Don Jesús Ángel , representados por la Procuradora doña. Ana María Gutiérrez Corduente y dirigidos por el Letrado Don José-María Sancho Seuma y los también ejecutados Don José y Doña Lucía , representados por la Procuradora doña Pilar Cortel Vicente y dirigidos por el Letrado Sr. Sancho Seuma y apelado Argentaria; Caja Postal y Banco Hipotecario, representado por el Procurador don Manuel Ángel Salvador Catalán y dirigido por el Letrado don Carlos Muñoz Dobón; siendo ponente la Ilma. Sra. Doña María Teresa Rivera Blasco que expresa el parecer unánime del Tribunal, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 27 de marzo de 2000 el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcañiz dictó sentencia en el Juicio ejecutivo nº 14/99 con la siguiente parte dispositiva "FALLO.- Que desestimando la oposición formulada por la Procuradora Sra. Espallargas Balduz, en nombre y representación de Jesús Ángel , Jose Pablo , María Teresa , Pablo , Plácido , Rosa , José , Lucía , María Antonieta , e Isidro , contra la ejecución ordenada en los presentes autos, DEBO MANDAR Y MANDO SEGUIR ADELANTE LA EJECUCION, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a los demandados, y con su producto hacer entero y cumplido pago al ejecutante ARGENTARIA CAJA POSTAL Y BANCO HIPOTECARIO, S.A. de las siguientes cantidades que se desglosan y de las que responde cada uno de los codemandados en los términos en que se establecen: GOOD RUBBER, S.A., como deudor principal la cantidad de 9.877.329 ptas del principal más la cantidad de 3.500.000 ptas en concepto del intereses pactados y costas; y como FIADORES: Jesús Ángel , la cantidad de 493.866 ptas de principal, más 175.000 ptas. por intereses pactados y costas; Los cónyuges Jose Pablo Y María Teresa solidariamente la cantidad de 493.866 ptas. de principal más 175.000 ptas de intereses pactados y costas; los cónyuges Víctor Y Luz , solidariamente la cantidad de 921.889 ptas de principal más 325.000 ptas por intereses pactados y costas, los cónyuges Rogelio Y Beatriz , solidariamente, la cantidad de 3.292.450 ptas de principal más 1.100.000 ptas. de intereses pactados y costas; los cónyuges Plácido Y Rosa , solidariamente, por la cantidad de 987.733 ptas. de principal más 330.000 ptas por intereses pactados y costas; Pablo en la cantidad de 921.881 ptas. de principal más 325.000 ptas por intereses pactados y costas, los cónyuges José Y Lucía , solidariamente, enla cantidad de 921.881 ptas de principal más 325.000 ptas. para intereses pactados y costas, los cónyuges Jon Y Catalina solidariamente, por la cantidad de 921.881 ptas. de principal más 325.000 ptas. en concepto de intereses pactados y costas y los cónyuges Isidro Y María Antonieta , solidariamente, por la cantidad de 921.881 ptas de...

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