SAP Santa Cruz de Tenerife 595/2000, 15 de Julio de 2000

PonenteROBERTO ROLDAN VERDEJO
ECLIES:APTF:2000:1938
Número de Recurso696/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución595/2000
Fecha de Resolución15 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA: 595/2000

Ilmos. Sres. Magistrados:

ROBERTO ROLDÁN VERDEJO(PRESIDENTE-PONENTE)

EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

PILAR ARAGÓN RAMIREZ

En SANTA CRUZ DE TENERIFE, a quince de Julio de dos mil.

VISTO por los Iltmos. Sres Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, Don Gregorio y Figalva S.L contra la sentencia dictada en los autos de apelación admitidos en ambos efectos sobre juicio de menor cuantía n° 421/94 seguidos ante el juzgado de primera instancia e instrucción 6 de La Laguna en virtud de la demanda interpuesta por D/Dª BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A representado y dirigido en esta Sala por el procurador/a y letrado/a JOSÉ LLORCA RODRIGUO contra D/Da Leticia , Aurora , Bruno , Gregorio Y FIVALGA S.L, dirigidos y representados estos dos últimos por el letrado Emilio Garcia Granados Alayon y por el procurador Isabel Lage Martinez; han pronunciado, en nombre del Rey, la presente sentencia, siendo ponente el Iltmo./a Sr./a Magistrado/a D/Dª ROBERTO ROLDÁN VERDEJO, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido juzgado se dictó sentencia, por el Magistrado/a D/Dª PEDRO HERNÁNDEZ CORDOBÉS, cuya parte dispositiva dice "Estimo la demanda presentada por el Procurador Sr Hernández Berrocal en nombre y representación del Banco Central Hispanoamericano, S.A, declaro que los actos a los que se contrae la demanda realizados por los demandados, en los términos recogidos en los fundamentos de esta resolución, fueron realizados en fraude de acreedores, por lo que ha lugar a dar por rescindida la donación que celebraron por medio de la escritura pública de 20-9-1990, que accedió al registro de la propiedad el día 19 de marzo de 1992, anotación 2ª de la finca NUM000 (folio NUM001 , tomo NUM002 , libro NUM003 ) del Registro de la Propiedad n° 1 de La Laguna, ordenando la cancelación de las correspondientes inscripciones registrales, condenando a los demandados a estar y pasar por tales declaraciones con imposición de las costas del juicio.

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuesto recurso de apelación por la representación de la parte demandada Don Gregorio y Fivalga S.L remitiéndose las actuaciones a esta sección previo emplazamiento de las partes, personándose oportunamente la parte apelantedemandada representada por el procurador Doña Isabel Lage Martinez y dirigida por el Letrado Don Emilio Garcia Granados Alayon y la parte apelada demandante BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A, representada por el...

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