SAP Madrid 123/2005, 31 de Mayo de 2005

PonenteMARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA
ECLIES:APM:2005:6365
Número de Recurso125/2005
Número de Resolución123/2005
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

ALEJANDRO BENITO LOPEZMARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOAIGNACIO SANCHEZ YLLERA

Expediente del Juzgado nº 279/2003

Expediente de Fiscalía nº 1233/2003

Juzgado de Menores nº 3 de Madrid

Rollo de Sala nº 125/2005-M

Mª PILAR DE PRADA BENGOA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 123/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID /

Ilmos. Sres. de la Sección 4ª /

MAGISTRADOS /

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ /

Dª. Mª PILAR DE PRADA BENGOA /

D. IGNACIO SÁNCHEZ YLLERA /

/

En Madrid a treinta y uno de mayo de dos mil cinco.

VISTA en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el expediente nº 279/2003, procedente del Juzgado de Menores nº 3, seguido por un delito de robo de uso de vehículo a motor contra el menor Cesar, venido a conocimiento de este Tribunal a virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por la defensa de dicho menor, contra la sentencia dictada en fecha 17 de junio de 2004; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso el Ministerio Fiscal, y el citado menor, defendido por la Letrada Dª. Paloma López Arenas; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña. Mª PILAR DE PRADA BENGOA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Menores nº 3 de Madrid con fecha 17-6-2004 dictó sentencia cuyos "HECHOS PROBADOS" dicen:

"Probado y así se declara que Cesar, entre las 18 horas del día 29 de diciembre de 2002 y las 9,20 horas del día 30 de diciembre de 2002; tras forzar la puerta delantera izquierda del vehículo D-....-DK que su propietario Abelardo había dejado estacionado en el paseo de Husares de Madrid, penetró en su interior y practicó el denominado "puente" con la intención de utilizarlo, circulando con el mismo y dejándolo posteriormente abandonado en el Camino de Alcorcón, donde fue recuperado sobre las 9,20 horas del día 30 de diciembre de 2002 por agentes de la Policía.

El vehículo resultó con daños tasados en 685 euros que su propietario no reclama, siendo su valor venal de 739 euros."

Y cuyo "FALLO" dice:

Que procede acordar la medida de 30 días de internamiento en centro semiabierto seguido de 5 días de libertad vigilada respecto del menor Cesar por la comisión de un delito de robo de uso de vehículo de motor.

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la defensa del menor se interpuso el recurso de apelación, impugnando la medida y estimando más beneficioso el tratamiento ambulatorio de la afección que según el equipo técnico padece el menor.

TERCERO

Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado al Ministerio Fiscal, presentó escrito de apelación, que fue inadmitido a trámite por extemporáneo; remitiéndose el expediente a este Tribunal, que formó el oportuno rollo de Sala, y señaló para la vista del recurso el día 30 de los corrientes.

A la misma compareció el representante del Equipo Técnico, que informó a instancia de las partes, y estas, que lo efectuaron en apoyo de sus respectivas posiciones y sobre los efectos de la modificación del art. 244 CP introducida por LO 15/2003, que entró en vigor, tras la sentencia dictada en la instancia.

Se aceptan los contenidos en la sentencia de...

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