SAP Las Palmas 260/2000, 27 de Abril de 2000
Ponente | MARIA MARGARITA VARONA FAUS |
ECLI | ES:APGC:2000:876 |
Número de Recurso | 412/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 260/2000 |
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª |
SENTENCIA Núm. 260/2000
Iltmos. Sres.
DON RICARDO MOYANO GARCIA (Presidente)
DOÑA MARGARITA VARONA FAUS (Magistrada-Ponente)
DOÑA ROSALÍA FERNÁNDEZ ALAYA (Magistrada)
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de Abril del año dos mil.
VISTO, ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, el recurso de apelación admitido a la parte demandante, D. Ángel , en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número Uno de Puerto del Rosario, de fecha 22.02.99, representada en esta instancia por el Procurador Sr. Quevedo Castellano, y dirigida por el Letrado D. Oscar Sosa Mendoza.
El Fallo de la Sentencia apelada dice: "Que desestimando la demanda presentada en nombre y representación de D. Ángel por el Procurador Sr. Travieso Cedrés asistido del Letrado Sr. Sosa Mendoza, frente a Dña. Carina , debo DECLARAR y DECLARO no haber lugar a la modificación de las medidas adoptadas en la Sentencia dictada en los autos de Divorcio 229/91, manteniéndolas en su consecuencia en toda su extensión, todo ello sin especial pronunciamiento sobre las costas devengadas".
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes, y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de la alzada que tuvo lugar el pasado día 31.03.00, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones.
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y habiéndose observado las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia la Iltma. Sra. Dª MARGARITA VARONA FAUS, quienexpresa el parecer de la Sala.
Aún cuando coincide la Sala plenamente con las consideraciones jurídicas que señala el Juez de instancia al Fundamento Jurídico Segundo de su resolución, pues tales consideraciones devienen necesariamente del contenido que establece el art. 91, in fine del C. Civil, en lo que a la modificación de las medidas acordadas en las sentencias de...
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SAP Las Palmas 38/2016, 12 de Febrero de 2016
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